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ALEGATOS Y CONCLUSIONES

  • Consulta : 685
  • Autor : jacooo75_NR
  • Publicado : Lunes 08 de Diciembre de 2008 04:11 desde la IP: 187.153.156.179
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,600
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  • Autor
    Consulta

  • jacooo75_NR
    NO REGISTRADO

    Estimados foristas tengo una duda, quiciera saber si en un juicio ordinario civil en la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos hay que presentar por escrito los alegatos y las conclusiones o solamente las conclusiones y si esto quiere decir que se debe llevar elaboradas las conclusiones por escrito para presentarlas en la audiencia o Se pueden presentar con posterioridad. La verdad es que no entiendo bien esa parte del procedimiento. Ojala puedan ayudarme.

    Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1471

  • Victor Gonzalez
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    el periodo de alegatos se abre despues de concluir el periodo probatorio son 2 cosas separadas y en diferentes tiempos, los alegatos (razonamientos y conclusiones) se presentan de forma escrita, pero no son obligatorios. no existe ninguna audiencia solo se presentan y listo.despues se citara a oir sentencia.

    si me puedes aclarar la pregunta y decir para que ocupas esa  información te podre ayudar mejor.



  • Autor
    Respuesta No: 1607

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Coincido con Paulina.


    Una cosa son los alegatos y otra MUY DISTINTA, son las conclusiones, que aplican en materia penal.

    Suerte.

    :)



  • Autor
    Respuesta No: 1627

  • arnulfo maldonado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    en materia civil son los alegatos y se presentan por escrito despues de que se hayan desahogado las pruebas, para que puedas presentar los alegatos no debe haber ninguna prueba por desahogar, en materia penal si hay alegatos y conclusiones y son por escrito y por comparecencia segun sea el caso



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