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PRESCRIPCIóN POSITIVA VS. SUCESIóN
- Consulta : 653
- Autor : scrapy_24_NR
- Publicado : Sábado 06 de Diciembre de 2008 21:28 desde la IP: 189.158.123.99
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,610
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 06 de Diciembre de 2008
Estimados abogados:
Tengo un pequeño problema familiar, motivo por el cual me permito distraer su atención para ver si alguien puede asesorme.
Mis papás se casaron en el año de 1983, bajo el régimen de bienes mancomunados y yo nací en el año de 1984. Mi papá murió intestado en el año de 1989.
Los bienes de mi papá eran: Una casa, en la que actualmente habitamos mi mamá y yo, que mi papá adquirió antes de que se casara con mi mamá y un terreno que adquirió ya casado con mi mamá.
Ahora, antes de continuar, es importante mencionar que mi papá estuvo casado con otra persona antes de casarse con mi mamá, en donde procrearon a mi media hermana que cuenta ahora con 38 años edad.
El problema aquí, es que mi mamá en el año de 1993 denunció el intestado de mi papá y con motivo del cual se inició el Juicio Sucesorio, en el que en julio de 1997, se declararon como universales herederos de la casa, mi media hermana y yo; resolución que quedó firme en agosto de 1998. A partir de esta última fecha, se dejó de actuar en el Juicio sucesorio hasta septiembre de este año, es decir, pasaron más de 10 años sin que se continuara con el trámite de la sucesión.
Ahora, lo que pretende hacer mi mamá, es promover un Juicio de Prescripción Adquisitiva en contra de la sucesión conformada por mí y por mi media hermana, con la finalidad de adjudicarse la casa en donde hemos estado habitando desde que mi papá falleció y aún 10 años después de que la declaración de herederos sin que se continuara con trámite alguno respecto de la sucesión.
En base a lo anterior, mis preguntas son las siguientes:
1. Podría proceder la prescripción positiva en contra de la sucesión, tomando en cuenta que mi mamá ha estado en pública, pacífica y continua posesión de la casa desde 1989 (pagando prediales, luz, agua, teléfono, gastos de mantenimiento, etc.).
2. Tomando en consideración que yo soy parte de la sucesión y que hay una disposición expresa de que la sucesión no opera en contra de coposeedores en la legislación de Tamaulipas ¿Se me podría considerar poseedor de la casa por habitar ahí con mi mamá y podría ello ser impedimento para que proceda el juicio en contra de la sucesión?
3. Podriá en el juicio de prescripción adquisitiva, demandar solamente la parte que le corresponde de la casa (osea el 50%) a mi media hermana?
Cualquier tip que me puedan dar, me ayudaría muchísimo porque no es justo que mi media hermana, que nunca tuvo una atención para mi padré, ni mucho menos para nosotros pretenda ahora quitarnos la casa solamente porque anda fregada de lana, valiendole que llevamos ahí más de 20 años viviendo y pagando todos los gastos de la misma.
Saludos y cualquier consejo se los agradecería.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1428
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Tu mama podra iniciar dicho Juicio pero no creo que le sea favorable, puesto que los unicos y universales herederos son los hijos del de cujus, tal y como esta estipulado en autos dentro del Juicio Intestamentario al que hiciste mencion, ahora bien con respecto a la parte que le corresponde a tu hermana, ella tiene todo el derecho de reclamar su parte alicuota, que si bien es cierto ella debio de haber ayudado al gasto para el mantenimiento de dicho inmueble, no es causa para que pierda ese derecho, ahora bien ella puede vender su parte correspondiente, mas sin embargo tu gozas del derecho del tanto, esto es que tu tienes prioridad sobre los demas en caso que ella pretenda verder su parte.
Saludos.
Ensenada, Baja California.
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Autor