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ASESORIA LEGAL LABORAL EN EL AMBITO MARINO.

  • Consulta : 632
  • Autor : lefofo_NR
  • Publicado : Sábado 06 de Diciembre de 2008 00:02 desde la IP: 189.149.70.254
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,604
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  • Autor
    Consulta

  • lefofo_NR
    NO REGISTRADO

    Saludos desde Cozumel Q. Roo:

    Trabajo desde hace 4 años en una empresa dedicada al transporte maritimo, soy eléctricista en una de sus embarcaciones, desde mi ingreso a la misma, la empresa siempre ha sabido que no tengo papeles de marinero ( se llama libreta de mar, y se obtiene de parte de la SCT), como es requisito indispensable para laborar abordo de un barco, la empresa a obtado hasta el dia de hoy de no registrarme como tripulante del barco, si no como, supernumerario, es decir, algo asi como, pasajero; Cabe mensionar que hasta por hoy no he tenido ningun problema, ni se me ha exijido dicho documento, y he aqui que se me presentan algunas dudas: 1o. Siendo la empresa la que en un principio me contrato como un obrero de tierra y ella misma fue la que me subio abordo del buque ¿Es obligación de ella o mia? la obtención del documento ( el valor aproximado para la obtencion del documento se eleva casi a los 20 000.00, entre examenes y cursos que son obligatorios.) y 2o.Curandome en salúd, es posible que la empresa en un intento de presindir de mis servicios sin el correspondiente pago de indemnisación, pueda esgrimir como causal de despido, la falta del mencionado documento?

    Agradeciendo de antemano todas sus opiniones me despido agradecido.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1417

  • aconrador
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

        Hola... la ley federal del trabajo señala que la emprese tiene el beneficio de poder separar al trabajador de su puesto sin responsabilidad para ella en un lapso de treinta días en caso de notar irregularidad en sus papeles o eficiencia.

         No obstante lo anterior es difícil de por sí, para el patrón demostrar estas situaciones, siendo más especiífico en tu caso y dado que llevas con mucho, más tiempo del señalado te respondo:

        Las condiciones de trabajo son responsabilidad de la empresa, nunca del trabajador subordinado y por lo que respecto a lo que la empresa puede intentar te digo que humanamente y en la práctica pueden intentar contarte historias e incluso tratar de hacerlo valer en juicio pero en derecho laboral la carga de la prueba la tiene el patrón ;-).

        Espero haberte ayudado un poquito. Suerte!!!



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