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Tradicional Foro de consultas
MAMA EN PROBLEMAS!
- Consulta : 554
- Autor : mamichi83_NR
- Publicado : Jueves 04 de Diciembre de 2008 13:52 desde la IP: 148.243.194.178
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,600
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 04 de Diciembre de 2008
Buenas tardes,
Mi consulta es la siguiente,
Yo me case en Mty con un español,al poco tiempo me quedè embarazada y cuando tenia 3 meses de embarazo nos fuimos a España. El y yo tubimos problemas asi que decidi regresarme con mi hija que ahora tiene 5 años,de eso hace ya un año nueve meses que regrese a mty con mi bba, el tiene mas de un año de no mandar nada de dinero para la niña, su excusa es que como no la ve no tiene por que mandar dinero, el dice que entonces me corresponde a mi mantenerla . Por supuesto que se que esto no es asi.
Mi pregunta es: Puedo tramitar una demanda de alimentos para mi hija aun que el este en España?, en caso de ser asi .Como debo proceder? que necesito? Importa que aun no estemos divorciados?
Mil gracias!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1223
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Autor
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AutorRespuesta No: 1226
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si se puede, porque la ley protege a los menores en el sentido de la pension, si tu marido acepto la paternidad de tu bb en mexico, es decir tienes acta de nacimiento mexicana del bebe si se puede pedir alimentos y si no, simplemente es cuestion de registrar a ka niña como mexicana por ser hija de madre mexicana, inscribirla en el registro civil poniendo como padre el de tu esposo, que no creo que haya problema aqui en monterrey y asi pedir la pension y si en todo caso tuvieses problemas por que no te quieran regustrar al bb demanda la paternidad del señor, mediante juicio y las notificaciones se harian por medio del consulado español en mexico o por la secretaria de relaciones exteriores, no recuerdo muy bien y en base a eso podras pedir alimentos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 1237
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He aqui un caso interesante, como se le harán las notificaciones al demandado cuando este reside fuera del lugar del litigio, como es el emplazamiento de la demanda que es notificación personal y no solo de otro estado sino fuera del país, y no solo eso llegando al caso de que ganara la el actor en este caso que autoridad estara facultada para coaacionar al demandado a que pague los alimentos de la niña.
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Autor
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AutorRespuesta No: 1327
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Derecho Internacional se compara el derecho ESPAÑOL CON EL MEXICANO. y se da a España el Poder ejecutar la sentencia conforme con su derecho.
josealberosolislopez@ymail.com
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AutorRespuesta No: 1340
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Autor
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AutorRespuesta No: 1344
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a travez de la secretaria de relaciones exteriores, y de acuerdo con los tratados internacionales, su accion si procede, unicamente deberea ejercitarla, inclusive, caba una accion penal , saludos.
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