- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
ESCRITURACION
- Consulta : 518
- Autor : lijimar_NR
- Publicado : Miércoles 03 de Diciembre de 2008 20:15 desde la IP: 187.153.193.37
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,609
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 03 de Diciembre de 2008
Buenas noches:
Mi consulta es la siguiente:
mi padre compro hace 36 años un medio terreno, hizo todos los tramites de subdivision y demas, desde entonces paga todos los derechos a su nombre, el detalle es que nunca saco las escrituras, ahora que lo quiere hacer le dice la antigua dueña que ella tiene escrituras por todo el terreno.
yo entiendo que esas escrituras no tienen validez, que tan cierto es
ademas mi padre extrtavio el documento de compra-venta y me lo piden para hacer el tramite de las escrituras de su mitad, necesito a fuerza la firma de la ex-dueña o como le puedo hacer.
ayudenme por favor
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 1074
-
Si perdio el documento que acredita su propiedad como es el contrato de compraventa tiene que iniciar un juicio de prescripcion positiva ya que tiene mas de 5 años ocupando el inmueble de manera publica, pacifica y a titulo de dueño.
Necesita original y copia de todos los documentos que tenga a su nombre del inmueble, asi como testigos y comprobantes de domicilio del mayor tiempo posible.
Saludos
Lic. Miguel A. Argumedo
52195455
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 1085
-
Estimado lijimar
Para los tramites de la subdivisión, se requirio de los documentos que justificaban la compraventa, por lo que al haber realizado dicho tramite, debe encontrarse copia de dicho contrato en los archivos de la dependencia de obras publicas y registros catastrales, según corresponda la regulación de la entidad de donde se encuentre el bien inmueble, por lo que puedes solicitar copias de la misma, y si la solicitas certificada es mucho mejor, pues suponiendo que es un contrato privado, no obstante lo tubieras, al promover como idoneamente refiere el lic. Miguel A. Argumedo, la prescripción (usucapion), tambien debe justificarse la causa generadora de la posesión, que en este caso seria el contrato de compraventa, que por ser privado se considera de fecha incierta, esto es así porque al ser un acto realizado sin la intervención de fedatario pudiera realizarse en cualquier momento señalando fechas inciertas, por lo que tales documentos adquieren la categoria de fecha cierta, a partir del momento en que son presentados ante alguna autoridad, ratificados ante fedatario, o tras la muerte de algunop de los contratantes.
Ahora en el sentido de que si tiene valides la escritura de la anterior propietaria, efectivamente, tiene valides, puesto que forma parte del antecedente de adquisición y si esta fuera nula, los contratos posteriores a la misma se encontrarían viciados de nulidad, y esto es de que en caso de demandar por la prescripción esta debe ejercitarse en contra de quien aparesca inscrito en el Registro Publico de la Propiedad, por lo que seria esta anterior propietaria.
Para cualquier aclaración y esperando sea de utilidad mi comentario, su servidor
-
Autor