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DUDA DE CONSERVACION DE DERECHOS IMSS

  • Consulta : 5026
  • Autor : GABY76
  • Publicado : Viernes 13 de Febrero de 2009 10:27 desde la IP: 201.144.17.116
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 441
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  • Autor
    Consulta

  • GABY76
    ESTUDIANTE

    Hola a todos, tengo una duda si una persona cotizo las semanas requeridas para derecho a pension, pero no llegó a la edad necesaria, o incluso no se da de alta ni de manera voluntaria ni con un patrón, pero solo le interesa la conservación del servicio médico, tiene derecho a este? por el simple hecho de haber cotizado 1270 semanas?? o requiere de algun tramite especial

     

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  • Autor
    Respuesta No: 12698

  • gerel
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    agh salio en blanco te lo repito

    Los derechos para recibir servicio medico los conserva hasta por 8 semanas despues de la baja. Si se desea continuar con el servicio medico se requiere contratar el seguro de salud para la familia (modalidad 33). Acudir a la subdelegacion del IMSS que corresponde a la clinica familiar del asegurado.

    Al iniciar debe ser un minimo de 2 personas.

    Actas de nacimiento de asegurado y beneficiarios (original y copia)

    Acta de matrimonio (original y copia)

    3 fotos tamaño infantil de cada persona

    Credencial de elector de los mayores de 18 años (orig y copia)

    Tarjetas de consulta de beneficiarios padres (original y 2 copias)

    Comprobante de domicilio (original y copia)

    No de afiliacion de cada integrante de la familia

    el costo es por persona de pendiendo de la edad y se paga anual:

                 00 a 19  años $1,105.06

                 20 a 39  años $1,291.52

                 40 a 59 años  $1,930.44

                 60 o mas       $2,905.00

    Restricciones en los servicios medicos:

    Aplica restricciones, cuando nunca ha estado asegurada la persona o que ya pasaron 45 dias habiles de que lo dieron de baja. No debe tener padecimientos cronicos como diabetes, enfermedades del corazon, higado, etc. Y hay operaciones que no se hacen como operaciones de GINE, AMIGDALAS, HERNIA, ETC. NO se atiende el embarazo.

    Gerardo

     



  • Autor
    Respuesta No: 12751

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gerardo y Gaby.

    existe una aclaracion al punto que comenta Gerardo,si tiene derecho al seguro de enfermedades y maternidad.

    articulo 154.-parrafo cuarto

    en este caso,si el asegurado tiene cotizadas un minimo de setecientas cincuenta semanas tendra derecho a las prestaciones en especie  del seguro de enfermedades y maternidad ,en los terminos del capitilo 4 de este titulo.

    en concordancia con el articulo 162 del ramo de vejez

    en los dos casos al haber una negativa de pension habria seguro de enfermedades y maternidad sin costo no tendria caso pagar seguro para la familia.

    por otra parte el seguro`para la familia no tiene restricciones si se da de alta antes de  doce meses de la baja articulo 85 del reglamento de afiliacion,en concordancia con el reglamento propio del seguro para la familia

    Hector











  • Autor
    Respuesta No: 12874

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    1. ARTÍCULO 14.

    1. El asegurado que cause baja en el régimen obligatorio podrá inscribirse en este seguro, sin
    2. que le sean aplicables las disposiciones señaladas en los artículos 10, 11 y 12 de este Reglamento, siempre y
    3. cuando hubiera cotizado cincuenta y dos semanas anteriores a la fecha de la baja en el régimen mencionado,
    4. y que solicite su inscripción dentro del plazo de doce meses posteriores a dicha baja.
    5. A los familiares beneficiarios del asegurado que cause baja en el régimen obligatorio, que cumpla con las
    6. semanas de cotización señaladas en el párrafo anterior no les serán aplicables las disposiciones contenidas en
    7. los artículos 10, 11 y 12 de este Reglamento.





  • Autor
    Respuesta No: 12876

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    los articulos de la ley del imss y regalmento de afiliacion son bastante facil como todos sabemos de tener o de conseguir el reglamento de seguro para la familia lo trate de copiar y bajar,y despues  de varios intentos quedo numerado ,por favor caso omiso a la numeracion de 1 a 7.no se si ya no se pueda copiar y pegar como dice la leyenda abajo de responder respuesta o que sea,ayer tambien en una consulta fueron como diez intentos. y hasta que por fin.

    Hector.







  • Autor
    Respuesta No: 13213

  • gerel
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hector  salu2

    Lo que menciono me baso en un Instructivo que me entregaron en la subdelacion No. 3 del IMSS cuando yo personalmente me inscribi al haber perdido mi empleo.

    Gerardo

     



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