- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
CANCELACION DE PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 4964
- Autor : rogerabog_NR
- Publicado : Jueves 12 de Febrero de 2009 13:18 desde la IP: 189.179.132.46
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 438
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 12 de Febrero de 2009
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 12514
-
Fecha de respuesta: Jueves 12 de Febrero de 2009 13:26 2009-02-12 13:26 desde IP: 189.228.128.146
ante el Juez que conoció el asunto, efectivamente
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 12517
-
Fecha de respuesta: Jueves 12 de Febrero de 2009 13:29 2009-02-12 13:29 desde IP: 189.132.191.78
Si, segun el Estado del País en que resida, puede hacerlo en la vía incidental, o mediante juicio autónomo, le sugiero acuda a la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia o a la Defensoría de Oficio a buscar apoo, o busque un abogado que le haga el trámite.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 12623
-
Fecha de respuesta: Jueves 12 de Febrero de 2009 22:39 2009-02-12 22:39 desde IP: 189.179.132.46
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 12631
-
Fecha de respuesta: Jueves 12 de Febrero de 2009 23:28 2009-02-12 23:28 desde IP: 201.130.190.154
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 12632
-
Fecha de respuesta: Jueves 12 de Febrero de 2009 23:34 2009-02-12 23:34 desde IP: 189.179.132.46
ME REFIERO A QUE SI PARA LOGRAR LA CANCELACION DE PENSION ALIMENTICIA VIA INCIDENTAL COMO ME REPONDIERON EN LAS PRECEDENTES RESPUESTAS PARA DEMOSTRAR QUE MIS HIJAS AHORA VIVEN CONMIGO, SI ELLAS SE DEBEN PRESENTAR ANTE EL JUEZ EN EL INCIDENTE O NO, PARA DEMOSTRARLO, Y CON ELLO LOGRAR LA CANCELACION Y QUE DE SER ASI QUIEN LAS REPRESENTA O SI LES HACEN PEGUNTAS, PARA ESTO EL JUEZ LAS CITA O UNO EN EL INCIDENTE SOLICITA SU COMPARECENCIA EN EL JUICIO O INCIDENTE COMO LOLLAMAN
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 12640
-
Fecha de respuesta: Viernes 13 de Febrero de 2009 00:00 2009-02-13 00:00 desde IP: 189.180.7.146
El que sus hijas vayan al juzgado no es indispensable, es preferible, y esto sería en el desahogo de una prueba conocida como CONFESIONAL. y esto lo solicita usted. recuerde que en materia civil (la materia familiar está dentro de esta área) todo se mueve a iniciativa de parte.
Para no andar errando le sugiero que consulte a su abogado de confianza para que le ayude en el trámite. como ya dije anteriormente en consulta similar. es un trámite sencillo, rápido y económico.
Saludos
-
Autor