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ES LEGAL QUE MI EMPRESA ME QUIERA DESCONTAR DINERO POR QUEDAR MAL CON UN CLIENTE?
- Consulta : 393
- Autor : rafaga_18_NR
- Publicado : Lunes 01 de Diciembre de 2008 21:06 desde la IP: 200.77.217.53
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,610
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 01 de Diciembre de 2008
Buen dia, trabajo para una empresa "colocadora", y mi problema es que la empresa quedo mal al querer dar de alta a un trabajador extrajero dentro de la organizacion de uno de nuestros clientes.
El retrazo en esta alta ocasiono problemas a la hora de la facturacion qeu generaron un costo para la empresa en la que trabajo, ahora ellos me quieren descontar un porcentaje de dicho costo (20% de 30,000 pesos), mi pregunta es si es legal que ellos me quieran descontar esto siendo que el retrazo de servicio se dio por cuestiones ajenas a mi persona (no me he querido quejar por temor a perder el empleo)..Soy nuevo en el foro, disculpen si esta mal planteada mi pregunta...
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 4034
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tienes contrato de trabajo con tu patron (empresa)?
te pagan un salario mas comisiones, o es un salario fijo?
lo de colocadores, es tipo outsourcing? o headhunters?
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Autor
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AutorRespuesta No: 4063
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Fecha de respuesta: Lunes 29 de Diciembre de 2008 01:40 2008-12-29 01:40 desde IP: 200.77.2.193
Suponiendo que estés contratado como empleado, tus relaciones laborales con la empresa que te contrató, se rigen por la LEY FEDERAL DEL TRABAJO, que en diversos artículos protege tu salario: en el 98, se dice que los trabajadores dispondrán libremente de su salario, y cualquier medida en contrario, será nula; en el 107, se prohibe la imposición de multas a los trabajadores cualquiera que sea su causa; y en el 110, se prohibe imponer descuentos en los salarios de los trabajadores.
Suponiendo que estés contratado, como suelen decir, como outsourcing, o te paguen por honorarios, entonces, ese descuento que te hacen, debe estar plenamente justificado en tu contrato; esto es, si en tu contrato se prevé que te puedan descontar ese porcentaje, por alguna causal, entonces, pueden hacerlo; pero no de lo contrario.
Sin embargo, asumo que no tienes contrato de ningún tipo; y asumo también que aunque lo tengas, no existe tal previsión -que en el caso del contrato laboral sería nula. Entonces, independientemente de cual es el caso en el que estés, tienes derecho a demandar la restitución de ese dinero. ¡cuál sería la vía, laboral o mercantil? Deberás asistirte de un abogado de tu confianza, a quien le deberás proporcionar los datos correspondientes para tu defensa, o acuidr a la delegación de la PROFEDET, más cercana a tu domicilio.Saludos,
Jorge Palafox
"La libertad es un poder que hay que procurarse"
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