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INJUSTICIA LABORAL. AYUDA!!!
- Consulta : 3543
- Autor : dan.nikser_NR
- Publicado : Lunes 26 de Enero de 2009 18:00 desde la IP: 189.146.130.105
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 426
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 26 de Enero de 2009
buena tarde, preciables abogados.
espero me puedan contestarel siguinete caso que pongo a su conocimiento y consideracion.
mi madre como otras 40 peronas (mujeres), laboran actualmente en una empresa que se dedica a fabricar ropa interior, lamentablemente por la situacion que esta viviendo el pais, esta empresa va a quebrar, sin embargo la injustica a que han sido victimas es que les han dicho que va acerrar la fabrica, por lo tanto les van a pagar $800 por año, si señores no lo escribi mal $800 por año, claro no sin antes hacerles firmar su renuncia, lo cual resulta injusto.no omito mencionarle que estas mujeres ya son adultas mayores 50-60 años, ya la mayoria caso el de mi madre ya tienen mas de 30 años laborando en esta fabrica, han dejado su fuerza y vida en esa fabrica.
mi pregunta es: si esta cantidad que maneja la empresa es conforme a las leyes mexicanas, o se puede demandar y que se debe demandar. ya la mayoria de estas mujeres tienen las semanas cotizadas, mi madre tiene 35 años trabajando y 55 de edad, tienen que consegir trabajo y espèrar a los 60 para jubiliarse o bien ya se pueden jubiliar.
esta empresa las tienen de alta en el seguro social con el salario minimo, pues ellas como comunmente se dice a destago
espero su respuesta oportuna, pues ya varios abogados y sindicatos han engañado a estas mujeres, aprovechandose de su situacion vulnerable.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 8579
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 19:09 2009-01-26 19:09 desde IP: 189.156.202.147
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Autor
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AutorRespuesta No: 8582
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 19:14 2009-01-26 19:14 desde IP: 189.159.237.214
el pago de la prima de antigüedad equivale a 12 días de salario por cada año de servicios, sin embargo si el salario que el trabajador perciba es más del doble del salario mínimo, será el doble del salario mínimo la cantidad tope que sirva de base para el cálculo.
Por otro lado la empresa debe de pagar a todos los trabajadores independientemente del tiempo que tengan laborando 3 meses de salario íntegro como indemnización. si el salario era variable entonces será el salario de los 30 últimos días efectivamente trabajados el salario base.
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Autor
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AutorRespuesta No: 8596
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2009 19:57 2009-01-26 19:57 desde IP: 189.182.111.94
De acuerdo con los comentarios anteriores, pero si es el caso de que tenga que demandar puede acudir a la Procuraduria de la Defensa del Trabajo en donde le brindaran un cervicio gratuito y citaran al patron para que lleguen a un arreglo y si no es asi ellos mismos te elavoran la demanda, pero OJO asegurate bien si lo que le daran es lo correcto y que no valla a firmar la renuncoa ok.
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