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EL NOMBRE DE SERETARIO ACTUARIO NO EXISTE DEBE SER ACTUARIO
- Consulta : 3451
- Autor : roman abarca
- Publicado : Domingo 25 de Enero de 2009 19:41 desde la IP: 201.171.162.22
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 424
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 25 de Enero de 2009
HOLA COLEGAS EN MI ESTADO SE ACOSTUMBRA DENOMINAR A LOS ACTUARIOS COMO "SECRETARIOS ACTUARIOS" Y ESO PARA MI ES CAUSA DE NULIDAD DE LO ACTUADO PORQUE DEBE SER SOLAMENTE EN SU FIRMA ACTUARIO. AGRADECERE SUS AMABLES COMENTARIOS AL RESPECTO GRACIAS .
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 8418
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Enero de 2009 19:45 2009-01-25 19:45 desde IP: 189.177.8.143
Estimado colega.
A juicio de este humilde servidor considero que debes sujetarte a la denominación que el código de Procedimientos le da a dicha figura. Por ejemplo... algunos le llama actuarios, otras legislaciones le llaman Ministros Ejecutores. Si en su legislación señala como secretario actuario salvo su mejor opinion estimo que no se afecta en lo más minimo el procedimiento y en consecuencia el incidente de nulidad no le será otorgado pero... no se quiza algunos compañeros mas se sumen y den su opinion. Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 8419
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Enero de 2009 19:48 2009-01-25 19:48 desde IP: 189.169.43.43
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Autor
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AutorRespuesta No: 8429
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Enero de 2009 21:02 2009-01-25 21:02 desde IP: 201.171.162.22
Muchas gracias colega, por su respuesta inmediata, en mi estado Baja California, en su ley orgánica se le reconoce como actuarios exclusivamente.
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