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FIDEICOMISOS PUBLICOS PARA LA EDUCACION

  • Consulta : 320
  • Autor : marp0406_NR
  • Publicado : Sábado 29 de Noviembre de 2008 17:33 desde la IP: 189.160.12.12
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,604
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  • Autor
    Consulta

  • marp0406_NR
    NO REGISTRADO

    alguien me puede decir donde puedo conseguir un fideicomiso publico para la educacion o si tienen uno me lo podrian enviar marp0406@hotmail.com es para mi trabajo final

     

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  • Autor
    Respuesta No: 663

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En México, el fideicomiso -que abreva del "trust" norteamericano, es una figura jurídica regulada por la Ley Federal de Títulos y Operaciones de Crédito en donde intervienen básicamente tres figuras:

    • El fideicomitente: Quien aporta los recursos: Mira:

    Artículo 381.-  En virtud del fideicomiso, el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la
    propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el caso, para ser destinados a fines
    lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia institución fiduciaria.


    • El Fideicomisario: Quien se beneficia del resultado de la ejecución del fideicomiso
     
    Artículo 382.-  Pueden ser fideicomisarios las personas que tengan la capacidad necesaria para
    recibir el provecho que el fideicomiso implica.
     
    El fideicomisario podrá ser designado por el fideicomitente en el acto constitutivo del fideicomiso o en
    un acto posterior.


    La tercer figura, es la del "fiduciario"
    Con la finalidad de proteger el patrin¿monio afectado a fideicomiso,  el artículo 385 de la Ley en comantario dispone:

      
    Artículo 385.-  Sólo pueden ser instituciones fiduciarias las expresamente autorizadas para ello
    conforme  a la ley.
     
    En el fideicomiso podrán intervenir varias instituciones fiduciarias para que conjunta o sucesivamente
    desempeñen el cargo de fiduciario, estableciendo el orden y las condiciones en que hayan de
    substituirse.
     
    Salvo lo que se prevea en el fideicomiso, cuando  por renuncia o remoción la institución fiduciaria
    concluya el desempeño de su cargo, deberá designarse a otra institución fiduciaria que la substituya. Si
    no fuere posible esta substitución, el fideicomiso se dará por extinguido.
     
    En castellano, no puedes nombrar como fiduciaria a una tio o hermano que sea especialmente hábil para los negocios, ni tampoco puedes constituir una sociedad mercantil "ad hoc" para manejar un fideicomiso, por disposición de esta protección legal, los únicos capacitados lara manejar recursos ajenos son...Las sintituciones fiduciarias, (léase bancos)

    Finalmente, cualquiera sea el consejo que recibas, terminarás en la necesidad de acudir a una institución fiduciaria (banco) para constituir el fideicomiso que pretendes.

    Suerte... mucha suerte

    :(
     

     



  • Autor
    Respuesta No: 664

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Fe de erratas:

    Dice, Ley Federal de Títulos y Cperaciones de Crédito.

    Debe Decir. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

    El resto de los errores apreciables, son simples lapsus calami.

    Gracias.



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