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ASESORIA URGENTE POR DEMANDA MERCANTIL
- Consulta : 300
- Autor : carolina_galvan81_NR
- Publicado : Viernes 28 de Noviembre de 2008 21:05 desde la IP: 189.164.58.102
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,610
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 28 de Noviembre de 2008
Buenas tardes: Por medio del presente solicito su apoyo en relación a asesoria por una demanda mercantil que tengo en mi contra, en relación a un vehiculo que adquirir por Conauto y deje de pagar las mensualidades desde junio del año pasado debido a que me quede sin empleo y a la fecha me ha sido imposible colocarme. Me estuvieron hablando para liquidar el monto de $30,000.00 aprox expuse mi caso con la persona que me llamaba de un despacho de abogados y alejandome que no podia retomar mis mensualidades y que tendria que liquidar el monto de lo contrario procederian con una demanda. Y el día de ayer se presentaron cuatro personas en mi casa con dicha demanda una de ellas se presento como representante del Juzgado Cuarto de lo Mercantil pero nunca me mostro ninguna identificación y las otras tres personas son del despacho de abogados que me estuvieron hablando para cobrar las mensualidades vencidas y me argumentaron que ellos eran mis abogados para dar respuesta a dicha demanda o llegar a un acuerdo para liquidar lo adeudado pero en dicha demanda me estan solicitando el pago de $92,201.00, espero alguien me pueda asesorar al respecto ya que en verdad estoy confundida. Estoy escribiendo de la ciudad de Guadalajara, agradezco su asesoria al respecto mi correo electronico es carolina_galvan81@hotmail.com
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 622
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Srita. Carolina Galvan:
Con gusto respondo a sus dudas de forma puntual referente al problema mercantil que usted refiere.
1.- La demanda mercantil es un procedimiento que se ejecuta presentando los documentos base de acción en el juzgado correspondiente, para que el juez acredite dicho procedimiento y una vez hecho lo anterior, debe usted ser notificada de forma legal por parte del actuario adescito al juzgado que conoce de su asunto.
2.- Dicho actuario adscrito al juzgado, debe de identificarse y notificarle que legalmente han interpuesto una demanda en su contra, le debe dejar una copia de dicha demenda en la cual se fundamenta conforme a derecho el procedimiento ejecutado en su contra.
3.- Para que usted, rinda su contestación de forma legal al procedmiento en su contra.
4.- Ahra bien, si lo anterior no procedió de esa forma, entonces, presupongo que es una estrategia del descho de cobranza para conseguir presión y recuperar el monto del adeudo.
5.- Si no le dejarón una copia de la demanda interpuesta en su contra, es muy posible que no se iniciara el procedimiento mercantil en su contra y como le comentaba en puntos anteriores, debe usted tener la tranquilidad que legalmente no la han demandado, pero no con ello quiiero decir que no lo puedan hacer, pues su adeudo sigue y los intereses moratorios se sigen generando.
Quedo a sus órdenes.
Atte.
Abogado Mendoza
Saldívar, Reynoso, Mendoza, Vázquez & Delgado Abogados.
asesorialegalmexico@hotmail.com
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Autor
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AutorRespuesta No: 625
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El caso parece interesante. Pida el Nombre del secretario en juzgado cuarto Mercantil, o diríjase al directorio del consejo de la judicatura. y cheque el nombre del secretario ejecutor si no concuerda tenga la seguridad que le tomaron el pelo, pero si es así, no se preocupe si no tiene con que pagar no lo encarcelaran ni nada por estilo, solo deje el caso en manos de un abogado ya que se me hace mucho dinero lo triple.
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Autor
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AutorRespuesta No: 630
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Sra. Carolina.
En caso de que efectivamente se haya realizado el emplazamiento lo mas probable es que se trate de un Juicio Mercantil Ejecutivo y solo cuente con un téremino de 5 cinco dias para emitir una contestación ante el juzgado, por lo que debe indiscutiblemente dar una contestación a los azrgumentos vertidos en dicha demanda o de lo contrario sera declarado como presuntamente confesode lo no contestado, por lo que para poder dar la argumentación de una idonea contestación seria necesario saber el contenido de la demanda.
A sus ordenes
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Autor
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AutorRespuesta No: 640
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Autor
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AutorRespuesta No: 730
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Buenas tardes Licenciados: Gracias primeramente por su respuesta a mi consulta. Así como lo dice el Lic. Mendoza me dejaron copias de la demanda. Al igual como lo dice el Lic. etellezlopez la persona que se identifico como persona del Juzgado Cuarto me informo que tenia unicamente cinco dias para la contestación de mi demanda. Lic. Mendoza efectivamente me dejaron copias de la demanda pero en la misma no viene el domicilio del Juzgado en donde se esta llevando este proceso. En las primeras dos hojas que me entregaron viene el membrete del Consejo General del Poder Judicial con numero de exp. 185/2007 y en las otra cuatro que me entregaron vienen en membrete del despacho de abogados que me estuvieron hablando para cobrar los cuales solo me llamaron dos veces en los ultimos tres meses con exp 185/2008. Pero lo que aun tengo duda es si debo acercarme a los abogados de este despacho ya que la persona que vino del Juzgado me informo que ellos me asesorarian para la contestación o llegar a una negociación para el pago. ¿Que me aconsejan al respecto?. De igual forma el dia de mañana me dare a la tarea de ir a investigar al domicilio proporcionado por el Lic. Mendoza para ver exactamente en términos se encuentra dicha demanda. Y en que porcentaje me recomiendan que solicite un defensor de oficio para que me apoye con la contestación de mi demanda. Por otro lado en un punto de la demanda donde dice EXPONEMOS ellos estan solicitando el pago de gastos y costas del presente juicio. Y en PETITORIOS indican que se dicte auto de EXEQUENDUM. Me podrian aclarar esto. De cualquier forma mañana me dedicare a ver este asunto espero su asesoria al respecto y agradezco sus atenciones.
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Autor
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AutorRespuesta No: 732
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Sra. Carolina
El hecho que los abogados le hayan requerido inicialmente, y acompañaran al Secretario del Juzgado para el emplazamiento, es porque son abogados su contraria y no es posible ni logico que sean las que la representen en ese juicio, el hecho de que le indiquen que acuda con ellos para ayudarle y llegar a un acuerdo, es una trillado argumento para que se confie y no logre contestar dentro del término de cinco dias, el domicilio del Juzgado Cuarto de lo mercantil es en Maestranza, entre Niños Heroes y Priciliano Sanmchez, Zona Centro de Guadalajara.
para servirle
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Autor
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AutorRespuesta No: 733
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Lic. Tellez.- Agradezco su información al respecto, así mismo no se si me recomienda usted que solicite un defensor de oficio como me lo sugirio el Lic. Morales que tan confiable seria esto ya que pues no cuento con recursos economicos por el momento. Por otro lado no se si me podria aclarar lo de los PETITORIOS que mencione anteriormente.
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Autor
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AutorRespuesta No: 735
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Lic. Tellez.- Agradezco su información al respecto, así mismo no se si me recomienda usted que solicite un defensor de oficio como me lo sugirio el Lic. Morales que tan confiable seria esto ya que pues no cuento con recursos economicos por el momento. Por otro lado no se si me podria aclarar lo de los PETITORIOS que mencione anteriormente.
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Autor
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AutorRespuesta No: 737
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El Auto de exequendum, se refiere a que se de cumplkimiento o ejecución al mandamiento judicial, esta es un termino utilizado en este tipo de juicio para en el qwue se ejecuta una orden del Juez en contra del demandado como es el caso de embargo de bienes, uso de la fuerza publica o todo lo que haya previsto el juez dentro del auto que se mande ejecutar.
Respecto al pago de gastos y costas estas podra ordenarlas el juez al resolver el asunto.
Le recomiendo que acuda con un abogado, mas sin embargo los de oficio por el cumulo de trabajo en ocaciones no dan el curso que en lo especifico requiere determinadop asunto pues lo ven en un aspecto muy general. En los términos no cuentan los dias inhabiles (ni sabado ni Domingo) y no cuenta el día en que le hicieron el emplazamiento.
para el planteamiento de argumentos precisos para su defensa se requeieren copias de la demanda y en caso de que sea necesario revisar los documentos fundatorios que debieron agregarse en copias a la demanda estonces sí seria necesario acudir al juzgado para analizarlos.
Atentamente
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Autor
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AutorRespuesta No: 738
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AutorRespuesta No: 740
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Sra. Carolina.
Se me hace muy rara la forma como le notificaron que esta demandada, porque lo usual es que en ese momento le requirieran el pago de la deuda y al usted decirles que no tiene el dinero en ese mismo momento le pidieran que asignara bienes para garantizar el pago, (embargarle) y entonces entregarle la demanda y decirle del término que tiene para contestar (5días) y tampoco es usual que el actuario le haya dicho que se pusiera en contacto con los abogados de su contraparte para contestar o negociar, para mi que esa demanda no existe además de que los actuarios siempre se identifican con su credencial y como dice el Lic. Morales vaya al Juzgado y cheque si efectivamente existe tal demanda. Es increíble hasta donde llegan los abogados que se dedican a la cobranza.
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Autor
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AutorRespuesta No: 741
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Coincido plenamente con los comentariios del colega Lic. Morales (un saludo) refernte a la decisión de contratar un abogado y/o disponer de un abogado de oficio, sería reiterativo al argumentar los pros y contras de cada uno de los servicios que puedan brindarle cada uno de ellos.
Dicho lo anterior, reitero que es decisión solamente de usted, una vez evaluando las alternativas.
Quedo a sus órdenes.
Abogado Mendoza
Saldívar, Reynoso, Mendoza, Vázquez & Delgado Abogados.
asesorialegalmexico@hotmail.com
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Autor
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AutorRespuesta No: 743
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Lic. Tellez, muchas gracias por la aclaratoria en relación a mi duda, efectivamente anexaron copia de los pagares que en su momento firme con Conauto. Lic. Morales en relación a lo que me menciona el cual marco en ROJO (problema legal que en muchas ocasiones llevan en contra por tratarse precisamente de un juicio ejecutivo mercantil, en donde la carga de la prueba de acreditar plenamente que si pago la deuda o que no debe en su totalidad dicho adeudo, es precisamente al deudor, y no al acreedor porque la ley le concede a los títulos ejecutivos mercantiles, como lo es un pagaré, el valor de que precisamente el deudor debe la totalidad del mismo y más si lo reclama el actor, SALVO QUE EN JUICIO LE DEMUESTRE AL JUEZ EL DEUDOR LO CONTRARIO, es decir, que ya le pagó o que no le debe todo, con las pruebas que la ley considera idóneas para ello) Esto quiere decir que si yo cuento con pruebas de que estuve efectuando mis pagos y cuento con dichos comprobantes es una prueba que tengo a mi favor en relación a lo que ellos me estan solicitando en la demanda. y que no me pueden requerir el monto completo de dicho pagaré y solo tendria que liquidar lo que en realidad debo.
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AutorRespuesta No: 744
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AutorRespuesta No: 745
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Lic. Morales y Tellez, quiero agradecerles la asesoria que me han brindado hasta el momento y hayan despejado todas las dudas que tenia al respecto, así mismo decidi compartir mi problematica con mi familia la cual me ha apoyado y ellos han decidido apoyarme economicamente con los honorarios del abogado, por lo que atravez de este medio le quiero comunicar que mañana a primera hora tengo la cita con el abogado que me estara representando en esta demanda y le llevara toda la documentación que tengo en mi poder la demanda así como los pagos que estuve efectuando yo a Conauto para poder elaborar la contestación correspondiente. Así mismo los mantendre informamos de esta situación una vez que haya estado con el abogado el día de mañana, ya que creo que sera de utilidad mi caso a alguna otra persona que se encuentre en esta situación y ya que es bueno asesorarse y aprender día a día algo nuevo. De cualquier forma como les dije les seguire informando como va mi situación y en caso de tener alguna duda o requiera alguna aclaración estare en contacto con ustedes nuevamente. Les agradezco nuevamente todo su apoyo al respecto y estamos en comunicación atravez de este medio. Gracias a ambos.
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AutorRespuesta No: 746
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