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ASESORÍA EXTRAMARITAL
- Consulta : 296
- Autor : 2.FERKRN
- Publicado : Viernes 28 de Noviembre de 2008 18:35 desde la IP: 200.79.118.114
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,607
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 28 de Noviembre de 2008
Hola:
Estoy casado y tengo dos hijas, una de 9 y otra de 18 años; pero desde hace 5 años, sostengo relación con una persona con la cuál, mutuamente, decidimos tener un bebé, ésta persona está divorciada y tiene dos hijos; el bebé fué registrado con su apellido y el mío y obviamente, todos los papeles con los cuales se hizo el trámite fueron soportados con documentos oficiales míos (acta nac-cred. elector)...desafortunadamente, la relación creo llegó a su fin; yo no pienso deslindarme de la responsabilidad, pero tengo las siguientes preguntas:
1.-Puede pedir pensión?
2.-Puedo ampararme contra eso?
3.-Ella tiene muchos problemas economicos, puedo pelear la patria potestad de la bebé, no me importan las consecuencias...
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 601
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si tiene problemas economicos, por lo cual puede dejar a la bebe en estado de desnutricion y ella tambien si puede demandarle pencion alimenticia a Usted. Pero tambien depende la conducta de señora y su estado Mental, para pedir la patria potestad de la menor
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Autor
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AutorRespuesta No: 610
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Pero puedo ampararme contra la pensión..?..yo acepto el sufragar todos los gastos de la bebé, ella trabaja y yo le ayudaba económicamente para cubrir y completar sus gastos corrientes y de sus otros dos hijos, como tendría que manejar el asunto...agradezco su atención...por cierto, su estado mental está bien y su conducta no es de cuestionarse...simplemente no sabe medirsee en sus gastos y debe mucho dinero entre tarjetas......a qué tanto estaría obligado a cubrir de pensión?...
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Autor
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AutorRespuesta No: 623
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ESTIMADO FERKRN:
LA CONTESTACIÓN A SUS PREGUNTAS SON:
1.- SI PUEDE PEDIR PENSIÓN, PERO SOLO POR LA HIJA DE AMBOS.
2.- LOS AMPAROS SOLO SON CONTRA ACTOS DE AUTORIDADES,QUE VIOLAN LAS GARANTÌAS CONSTITUCIONALES DEL AGRAVIADO. O CONTRA LEYES INCONSTITUCIONALES.
3.- SI PUEDE PELEAR LA PATRIA POTESTAD (GUARDA Y CUSTODIA) DE LA MENOR, MEDIANTE UNA DEMANDA EN EL JUZGADO FAMILIAR, PERO ES NECESARIO QUE TENGA UNA CAUSAL DE GRAN GRAVEDAD O IMPORTANCIA PARA ELLO. SOBRE TODO SI COMO DICE ES UNA BEBE, PORQUE LA MADRE EN ESTE CASO TIENE PRIORIDAD.
4.- LE SUGIERO LLEGAR A UN ACUERDO CON LA MADRE, RESPECTO A LAS CONDICIONES Y PORCENTAJE DE LA PENSIÓN O EN SU CASO SOBRE LA GUARDA Y CUSTODIA DE LA MENOR , POR LA VÍA DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA.
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Autor
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AutorRespuesta No: 627
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Pienso que su pregunta va mas a encaminada a que si ella le va a poner una demanda por pension, si esta prospera?´SI puede hacerlo y su esposa se dará cuenta de que tuvo una hija con otra persona mientras esta con ella, es decir la engaño, le fue infiel y su actual esposa tendra una causal para divorciarse de usted y pedirle pension, tanto para ella, como para sus hijas, la de 18 si aún esta estudiando; bueno todo es muy drastico, depende de si su esposa se da cuenta, pero me florecio lo femenil y me da coraje su accion y esto es lo que le puede pasar. La pension que le reclame la madre de la niña de 5 años, si lo hace, aparecerá en su recibo de nomina.
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Autor
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AutorRespuesta No: 643
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Autor
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AutorRespuesta No: 677
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Autor
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AutorRespuesta No: 766
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Buenas Noches:
Efectivamente ella como madre de la menor o menor y su prepresentante esta facultada es decir tiene todo el derecho de demandarle atraves de un juicio de controversias del orden familiar Alimentos, para poder sufragar los gastos del menor, y no te puedes amparar, por lo mismo que te comenta un forista anteriomente que los amparos son contra actos de autoridad o leyes y tu caso no se aplicaria a ninguno las cuestiones son de orden publico y primera necesidad.
En cuanto a la patria potestad es dificil quitarsela actualmente se utiliza mucho el que un padre o madre abandonene moralmente a sus hijos por mas de tres meses o dejen de dar pension alimenticia, ademas de as situaciones mas complicadas como prostitucion drogadiccion alcholismo pero por lo que escribe ninguna de estas se encuadraria, ademas que en el d.f. por ejemplo se le da prioridad a los menores de 12 años de permanecer alado de su madre INDEPENDIENTEMENTE DE SU SITUACION ECONOMICA es decir que no es`preferencia otorgar esta custodia por que el padre tenga un poder adquisitivo mayor que el de la madre
estamos para servirles
Especialistas en Derecho Familiar
OrtizRubioLeaglAbogados
Lic Valeria Ortiz Rubio
ortizrubiolegal@hotmail.com
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