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PENA Y MULTA POR FALSA DECLARACION
- Consulta : 2902
- Autor : OMARILG
- Publicado : Lunes 19 de Enero de 2009 12:45 desde la IP: 189.163.91.122
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 19 de Enero de 2009
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 7155
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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Enero de 2009 12:52 2009-01-19 12:52 desde IP: 201.163.15.154
La penalidad de la falsedad depende del supuesto, los supuestos los supuestos en materia penal federal sin los siguientes:
ARTÍCULO 311. Quien al declarar ante autoridad en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, faltare a la verdad en relación con los hechos que motivan la intervención de ésta, será sancionado con pena de dos a seis años de prisión y de cien a trescientos días multa.
Si la falsedad en declaración se refiere a las circunstancias o accidentes de los hechos que motivan la intervención de la autoridad, la pena será de uno a tres años de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.
ARTÍCULO 312. A quien con el propósito de inculpar o exculpar a alguien indebidamente en un procedimiento penal, ante el Ministerio Público o ante la autoridad judicial, declare falsamente en calidad de testigo o como denunciante, además de la multa a que se refiere el primer párrafo del artículo 311, será sancionado con pena de tres a siete años de prisión si el delito materia de la averiguación previa o del proceso no es grave. Si el delito es grave, se impondrá de cinco a diez años de prisión.
La pena de prisión se aumentará en una mitad para el testigo falso que fuere examinado en un procedimiento penal, cuando su testimonio se rinda para producir convicción sobre la responsabilidad del inculpado, por un delito no grave. Si se trata de delito grave, la pena de prisión se aumentará en un tanto.
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