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EMBARGO PAGARE DOMICILIO DEUDOR FALLECIDO
- Consulta : 285647
- Autor : nikylandi4_NR
- Publicado :
Lunes 18 de Febrero de 2019 08:41
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,505
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 18 de Febrero de 2019
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola , mi consulta es sobre si se puede embargar por un pagare por seis millones de pesos al domicilio del deudor que falleció hace 5 años? Tengo conocimiento de que el albacea debe señalar los bienes de la persona que representa pero si esta no dejo nada (casas, autos, joyas, titulos, seguros, etc) pueden cobrarse con las cosas que se encuentren dentro del domicilio donde vivia el deudor? Gracias de antemano! -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 399464
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Febrero de 2019 22:24 2019-02-18 22:24 desde IP: 189.236.46.30
Hay muchas cosas a considerar; si no ha prescrito la acción cambiaria (pasaron al menos ya 5 años según ud.), si dentro del domicilio hay bienes que valgan la pena, es decir, que su valor se acerquen a los 6 millones y además saber si el dueño de éstos era el suor del pagaré.
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Autor