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EN 1992 FRME
- Consulta : 2836
- Autor : arnoldoperezm_NR
- Publicado : Sábado 17 de Enero de 2009 22:42 desde la IP: 148.240.106.53
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 440
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 17 de Enero de 2009
hola espero, recibir respuesta. en 1992 firme como aval de mi hermano, en la tienda departamental fabricas de francia, pero el mes de nov. del 08 sufrio un accidente y su situacion es muy dificil economicamente su deuda es de 36.000 pesos, pondran hacer valido el pagare despues de tanto tiempo. o que podriamos hacer ya que la deuda va en aumento. yo podria pagar 1000 por mes pero me dicen en la tienda eso es muy poco y no sirve ni para pagar interes mensual, gracias espero me pueda orientar estoy muy preocupado.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 6964
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Enero de 2009 22:48 2009-01-17 22:48 desde IP: 189.175.96.236
Verifique la Ley Federal de Títulos y Operaciones de Crédito:
Artículo 165
La acción cambiaria prescribe en tres años contados:
I.- A partir del día del vencimiento de la letra, o en su defecto;
II.- Desde que concluyan los plazos a que se refieren los artículos 93 y 128.
Artículo 166
Las causas que interrumpen la prescripción respecto de uno de los deudores cambiarios, no la interrumpen
respecto de los otros, salvo el caso de los signatarios de un mismo acto que por ello resulten obligados
solidariamente.
La demanda interrumpe la prescripción, aun cuando sea presentada ante Juez incompetente.
Suerte.
:)
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