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EN 1992 FRME

  • Consulta : 2836
  • Autor : arnoldoperezm_NR
  • Publicado : Sábado 17 de Enero de 2009 22:42 desde la IP: 148.240.106.53
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 440
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  • Autor
    Consulta

  • arnoldoperezm_NR
    NO REGISTRADO

    hola espero, recibir respuesta. en 1992 firme como aval de mi hermano, en la tienda departamental fabricas de francia, pero el mes de nov. del 08 sufrio un accidente y su situacion es muy  dificil economicamente  su deuda es de 36.000 pesos, pondran hacer valido el pagare despues de tanto tiempo. o que podriamos hacer ya que la deuda va en aumento.  yo podria pagar  1000 por mes pero me dicen en la tienda  eso es muy poco y no sirve ni para pagar interes mensual, gracias  espero me pueda orientar estoy muy preocupado.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 6964

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Verifique la Ley Federal de Títulos y Operaciones de Crédito:

     

    Artículo 165

    La acción cambiaria prescribe en tres años contados:

     

    I.- A partir del día del vencimiento de la letra, o en su defecto;

     

    II.- Desde que concluyan los plazos a que se refieren los artículos 93 y 128.

     

    Artículo 166

    Las causas que interrumpen la prescripción respecto de uno de los deudores cambiarios, no la interrumpen

    respecto de los otros, salvo el caso de los signatarios de un mismo acto que por ello resulten obligados

    solidariamente.

     

    La demanda interrumpe la prescripción, aun cuando sea presentada ante Juez incompetente.

    Suerte.

    :)

     



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