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REQUERIMIENTO DE APOYO

  • Consulta : 282838
  • Autor : luisguionbajo_NR
  • Publicado : Viernes 30 de Junio de 2017 22:21 desde la IP: 177.248.144.221
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,491
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  • Autor
    Consulta

  • luisguionbajo_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato
    En mi exposición sobre invalidez de reconocimiento de adeudo, es probable que no haya sido suficientemente claro. El asunto es simple: quien dijo ser apoderado de la empresa, con facultades para firmar ese documento, presentó un poder,otorgado por la empresa que decía representar, y en el cual se señalaba el nombre y numero del notario ante quien se otorgó ese poder. Yo no tengo ese documento, solo me entregaron copia simple del reconocimiento. Resulta que el notario, si es notario, pero no de la ciudad de mexico, sino de otro estado. Y con numero de notaría totalmente diferente al que se consigna en la escritura del reconocimiento de adeudo. Es valido este documento??

     

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  • Autor
    Respuesta No: 394907

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    luisguionbajo:

    Es imposible desahogar su consulta sin haber leído el documento, pero le informo que un Notario Público, bajo ciertas circunstancias, puede llegar a firmar las escrituras de otro Notario.



  • Autor
    Respuesta No: 394910

  • SERGIO GONZALEZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Un Notario Publico tiene una patente para funcionar en el Estado y ciudad que le corresponda. Si un representante o apoderado legal de una empresa se aparece ante el Notario x,y,z, solicitándole un poder ,este poder es valido en todo el territorio nacional. Siempre y cuando en un acto jurídico este sujeto presente su poder en original y lo tengan a la vista los que intervienen en ese acto jurídico . Si nada mas dice el numero, y notario donde le expidieron ese documento o poder , es obligación de las partes que intervienen en el acto juridico de verificar si es verdad lo que dice dicho apoderado de la empresa. Las copias simples no tienen valor probatorio. Por lo tanto el documento debe tomarse como no valido para ese acto jurídico. Pero aquí viene lo bueno los Notarios Públicos que se dan golpes de pecho por ser muy honrados, con el solo dicho de las partes puede protocolizar un acto jurídico. Asi que si este acto jurídico esta ante un Notario que esta a favor de la empresa y quiere cobrarle sus buenos honorarios, a este no le importara si es verdadero o no el poder que muestra dicho apoderado empresarial. El pleito después sera para las partes que intervinieron en dicho acto. Asi que vienvenido al mundo legal. Para ello se necesita sentido comun para no hacer tratos con bandidos, malas pagas, malos notarios y malos empresarios.



  • Autor
    Respuesta No: 394915

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el Notario Publico tiene un permiso del gobierno para funcionar en el Estado y ciudad que le corresponda... que se lo dio... pero... es importante entender que un acto notarial hecho en escritura publica... tiene valor y vigencia en toda la republica mexicana... no solamente en el estado o ciudad en donde se emitió... . Si un representante o apoderado legal de una empresa... esta autorizado para reconocer un adeudo... por medio de escritura pública... es valñido... luego entonces... debes... y estas obligado a pagar...



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