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PENSIóN.
- Consulta : 280604
- Autor : nr_NR
- Publicado : Martes 02 de Agosto de 2016 15:48 desde la IP: 187.188.34.70
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,491
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 02 de Agosto de 2016
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 390273
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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Agosto de 2016 12:30 2016-08-04 12:30 desde IP: 189.180.214.37
si....pero ya muevete en el juzgado... porque para algunos jueces... en su interpretación ... los pensionados... no los jubilados... no es lo mismo... no estan obligados a dar alimentos... m u e ve t e ... tu abogado sabe que hacer...
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