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ME PUEDE EMBARGAR FINANCIERA INDEPENDENCIA
- Consulta : 279254
- Autor : cocone1968_NR
- Publicado : Sábado 05 de Marzo de 2016 12:26 desde la IP: 189.235.184.212
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,490
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 05 de Marzo de 2016
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 387597
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Marzo de 2016 11:29 2016-03-07 11:29 desde IP: 189.209.108.81
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AutorRespuesta No: 387601
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Marzo de 2016 17:33 2016-03-07 17:33 desde IP: 201.141.202.56
Buenas tardes. En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que usted no puede ser embargado y tampoco se puede invadir su domicilio sin orden judicial que lo ordene. Eso se explica con lo siguiente: una vez que usted ha incumplido con sus pagos con la financiera, la misma puede demandarlo ante la autoridad competente, ahí se le va a notificar de la demanda e incluso embargar bienes (Depende del tipo de juicio) y una vez que se hace sabedor de la demanda se sigue un proceso hasta dictar sentencia definitiva en donde se le condena a pagar su deuda. Después la financiera podrá iniciar con la ejecución de la sentencia, para que una vez aprobada la adjudicación (Hacerse propietario de los bienes embargados), podrá ordenarse por el Juez todas las medidas que sean necesarias para que el acreedor pase a tomar posesión de los bienes embargados ahora adjudicados. En ese sentido, solo podrán romper las cerraduras y tomar posesión de los adjudicados (previamente embargados), al finalizar el juicio. Nota. Puede variar las circunstancias dependiendo del tipo de juicio. Le recomendamos que consulte un abogado para que revise su situación jurídica. También quedamos a sus órdenes (Lo decimos sin fines publicitarios), para consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría. “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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AutorRespuesta No: 387643
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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Marzo de 2016 12:28 2016-03-11 12:28 desde IP: 177.234.15.178
En este momento estas en el departamento de Cobranza de Financiera Independencia, precisamente así se hacen llamar CONEXIA, tienes la oportunidad de ir a negociar con ellos, generalmente te hacen quitas y no te cobran intereses moratorios y algunos otros beneficios, como por ejemplo, te dan la oportunidad depagar unicamente tu saldo a capital, por otro lado, ellos tienen la costumbre de vender los pagares a despachos que se encargan de comprar las carteras vencidas, si esto ocurre, la financiera te subira a buro de credito, y te tendras que ver con los que compraron tu pagare, ahi o te demandan por lo mercantil de inmediato y te embargan o te espezaran a seguir un proceso de cobranza mas encarnizado y trataran de sacar todo lo posible, yo he visto ambos casos. Mejor trata de negociar y si no asesorate con un buen abogado.
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