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ADQUISICIóN DE CASA DURANTE LA SEPARACIóN FíSICA PERO DURANTE EL MATRIMONIO LEGAL EN SOCIEDAD CONYUGAL

  • Consulta : 279252
  • Autor : gmontielm_NR
  • Publicado : Viernes 04 de Marzo de 2016 20:17 desde la IP: 189.178.156.208
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,492
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  • Autor
    Consulta

  • gmontielm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Estoy divorciada y en el convenio de divorcio el ex marido no declaró haber adquirido una casa durante nuestro matrimonio en sociedad conyugal. De esta compra me voy enterando y quisiera saber si puedo hacer algo al respecto. Cabe mencionar que esa casa la compro cuando estábamos separados pero aún casados. Ojalá puedan ayudarme a resolver mi duda y saber si vale la pena iniciar un proceso

     

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  • Autor
    Respuesta No: 387581

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bueno, si la escritura està a nombre de su ex-esposo e inscrita en el registro pùblico de la propiedad, si forma parte de la sociedad conyugal y usted`tendrìa que probarlo exhibiendo copias certificadas de la escritura y el juez de lo familiar procederìa a liquidar al 50% ese bien. Espero le sirva la respuesta



  • Autor
    Respuesta No: 387585

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mí estimada consultante Gmontielm…. Mire, estando en el entendido de que no detalla en su consulta en que estado se encuentra la liquidación de la sociedad conyugal por medio del Convenio que refiere, debe de acercarse a un especialista en derecho familiar, y si no cuenta con recursos, en el propio Tribunal se lo asignan sin costo, ya que entre otras cosas, se desprende de su narrativa un hecho que se puede hacer valer ante el Juez, y que es, lo que nos tipifica el articulo 194 bis del Código Civil para el Distrito Federal ahora Ciudad de México, que a la letra dice: Articulo 194 bis….El cónyuge que haya malversado, ocultado, dispuesto o administrado los bienes de la sociedad conyugal con dolo, culpa o negligencia, perderá su derecho a la parte correspondiente de dichos bienes en favor del otro cónyuge. En caso de que los bienes dejen de formar parte de dicha sociedad de bienes, el cónyuge que haya procedido en los términos señalados en este artículo, deberá pagar al otro la parte que le correspondía de dichos bienes, así como los daños y perjuicios que se le ocasionen. SALUDOS Y MUCHA SUERTE



  • Autor
    Respuesta No: 387598

  • kerenb
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias Rosen, le agradezco su amplia respuesta. Como bien menciona, creo que ese artículo que usted menciona es el indicado para mi caso. Efectivamente existe un convenio de divorcio, aunque no recuerdo bien las cláusulas y términos del mismo pero recuerdo a grandes rasgos que se expreso en él que no se habían adquirido bienes y por tanto no había nada que liquidar en la sociedad conyugal, sin embargo este Sr. adquirio la casa durante el matrimonio legal y no lo reporto en dicho convenio, mi temor es que el señor diga que no se compro dentro o como parte de la sociedad conyugal, al no vivir juntos. Ojala pueda hacer algo al respecto porque cometio una omisión con dolo. Le agradezco su recomendación y acudiré lo antes posible al Tribunal para solicitar un asesor legal de oficio. Nuevamente le agradezco enormenemte su respuesta y orientación



  • Autor
    Respuesta No: 387600

  • PEGSA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes. En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que si recientemente se divorcio y la tramitología del mismo fue por el procedimiento conocido como divorcio incausado, unilateral o express, ambas partes firman un convenio que se requiere legalmente, pero en relación a la liquidación de la sociedad conyugal se deja a salvo para tramitarla por incidente. Lo recomendable es que inicie la presentación de la incidencia para efecto de que el Juez Familiar conozca el bien que formó parte de la sociedad conyugal y el mismo se divida y reparta de acuerdo a los argumentos de cada ex cónyuge. También en el mismo incidente se pueden solicitar medidas precautorias para que el bien no se venda a un tercero en perjuicio suyo. Quedamos a sus órdenes (Lo decimos sin fines publicitarios), para consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría. “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”



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