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TERMINACIóN LABORAL
- Consulta : 278737
- Autor : kasuga_0425_NR
- Publicado : Miércoles 30 de Diciembre de 2015 12:41 desde la IP: 189.225.201.94
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,489
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 30 de Diciembre de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes Hace dos meses entro a trabajar una persona con nosotros. somos una empresa pequeña en la cual muchos procesos no están formalizados. Uno de ellos la contratación. Dimos claramente de alta a la persona en el IMSS ya queremos sorprender a nadie. Desde la entrevista se le mencionó que iba a estar a prueba y después se le contrataría. No se elaboró ningún contrato por escrito, todo fue de palabra. Ha resultado una persona extraña. Todas las semanas sale con algo nuevo. Lo ultimo fue que fue abusada sexualmente Acudió al imss y tiene una incapacidad por golpes (pero no hacen referencia al abuso sexual). Es importante mencionar que algunos elementos de la empresa la notaron con aliento alcohólico ese día. Desde antes de este incidente habíamos tomado la decisión de terminar la relación de trabajo. Adicionalmente que ella había mencionado que no estaba a gusto en al empresa debido a que ambas partes no estaban a gusto platicamos darle 2 meses y terminar la relación. Ella dice consulto aun abogado y está solicitando 3 . Es esto posible? Tenemos algún mecanismo de defensa? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 386914
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Diciembre de 2015 13:53 2015-12-30 13:53 desde IP: 201.130.159.95
en cualquier tiempo se puede terminar una relación laboral. Nadie esta obligado a trabajar o contar a alguien que no desee Usted puede despedir al empleado en cualquier día solo pagele lo que le corresponde para esto usted ocupa el servicio de un contador para elaborar su liquidación de acuerdo a Ley
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Autor
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AutorRespuesta No: 386918
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Diciembre de 2015 18:21 2015-12-30 18:21 desde IP: 189.235.17.240
Consultante El dia que el patron rescinda la relacion de trabajo a su trabajadora, el tendra que informarle por escrito la causa de la rescision a ella y en el caso que ella se negare a recibirlo, entonces el patron tendra que avisar a la junta que su trabajadora ya no trabaja para el y la causa del despido ok
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Autor
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AutorRespuesta No: 386922
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Diciembre de 2015 20:32 2015-12-30 20:32 desde IP: 187.190.23.43
Hola Buenas Noches: Usted debe saber que las REFORMAS a la Ley Federal del Trabajo el 1° de Diciembre de 2012, el artículo 35 señala el tipo de relaciones de trabajo,dentro del cual se encuentra el cual supuestamente usted señala el de prueba, ahora bien usted redacta en su consulta "que se le mencionó que iba a estar a prueba" hasta aquí estamos bien, pero su ERROR "No se elaboró ningún contrato por escrito, todo fue de palabra....." Este fue su GRAVE error, si llegase una demanda USTED deberá acreditar ese contrato de PRUEBA, es decir usted tiene la CARGA de la PRUEBA, por lo tanto DIFIERO de la respuesta de los abogados que me anteceden. Respetuosamente. Feliz Año Nuevo ¡ ¡ ¡ ¡
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