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PATRIMONIO FAMILIAR

  • Consulta : 2718
  • Autor : monygarci_NR
  • Publicado : Jueves 15 de Enero de 2009 17:59 desde la IP: 201.167.27.254
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 428
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  • Autor
    Consulta

  • monygarci_NR
    NO REGISTRADO

    Hola mi duda es la siguiente:

    Mis padres tienen una deuda fuerte con el banco, y lo unico con lo que cuentan es una casa y el auto. Siempre hann pagado tan es asi que los bancos les incrementaban significativamente el saldo. Sin embargo con el paso del tiempo la deuda creio y ahora ya no pueden pagar ya que sus minimos sobrepasan sus ingresos, sin contar que necesitan dinero para vivir y para pagar otras deudas.

    A esta fecha ellos no se encuentran en cartera vencida ni nda por el estilo, sin embargo es cuestion de 3 a 4 meses para que ya no puedan pagar ya que ahora pagan sus minimos con otra tarjeta, ovbio esta se esta acabando el saldo y la deuda esta creciendo mas.

    Si en este momento se constituyera un patrimonio familiar y se cambiara de propietario el carro, que consecuencias positivas y negativas tendriamos nosotros??

    muchas gracias, o que se puede hacer en este caso.

    Se pensaba acudir con el banco y dejarle la casa, pero quizas no la acepten y ademas perderina su patrimonio

    gracias

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 6627

  • Nike
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El patrimonio (dependiendo de la entidad)  tiene un monto maximo y constituirlo ahora no necesariamente salva la casa. Cuando algunas personas quieren evitar una obligacion, a veces venden sus casas o propiedades, se deshacen de ellas de forma real o ficticia a traves de contratos legales, sin embargo, el acredor, es decir la persona a la que se le debe, puede solicitar que esos contratos se anulen, es un proceso largo pero funciona pues el hecho de deshacerte de tus bienes LUEGO de adquirir una deuda, hace suponer mala fe, es decir que no quieres cumplir con una obligación.

    La ventaja del patrimonio familiar es que no puede embargarse, pero necesitas constituirlo antes, de que adquirir la deuda y ademas, depende del monto, pues hay un limite.



  • Autor
    Respuesta No: 6631

  • Lic Acevedo
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Ahora bien, si como lo dices todavía no caen en deuda vencida y ustedes hacen el cambio de propietario se podría entender que lo hiciero para pagar las deudas y no procedería ningún tipo de fraude. Pero es necesario analizar el caso para ver que logística jurídica se puede aplicar a tu caso concreto.

    Lic. Hugo Acevedo gómez.

    Acevedo Gómez y Asociados, SC

    Zapopan, Jalisco



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