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¿ES NECESARIO DAR RESPUESTA A LAS PRESTACIONES EN UNA DEMANDA?

  • Consulta : 2685
  • Autor : comarcano
  • Publicado : Jueves 15 de Enero de 2009 11:25 desde la IP: 189.131.29.7
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 423
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  • Autor
    Consulta

  • comarcano
    USUARIO REGISTRADO

    Buenos días.

                                  Obra una demanda en mi contra; uno de los apartados es el de "prestaciones" y otro es el de "hechos"; en la respuesta a la demanda que debo firmar el abogado dió contestación a los puntos enumerados en "hechos" mas no a los de "prestaciones"; ¿no es necesario dar respuesta a las "prestaciones"?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 6626

  • Ignacio Del Angel
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La contestación debe iniciar (como inicia la demanda) NEGANDO el derecho a las prestaciones que reclama el actor y posteriormente a la contestación de los hechos, se deben OPONER excepciones y defensas.



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