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¿ES NECESARIO DAR RESPUESTA A LAS PRESTACIONES EN UNA DEMANDA?
- Consulta : 2685
- Autor : comarcano
- Publicado : Jueves 15 de Enero de 2009 11:25 desde la IP: 189.131.29.7
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 423
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 15 de Enero de 2009
Buenos días.
Obra una demanda en mi contra; uno de los apartados es el de "prestaciones" y otro es el de "hechos"; en la respuesta a la demanda que debo firmar el abogado dió contestación a los puntos enumerados en "hechos" mas no a los de "prestaciones"; ¿no es necesario dar respuesta a las "prestaciones"?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 6562
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Enero de 2009 16:06 2009-01-15 16:06 desde IP: 189.129.170.78
EN LA PRACTICA JURIDICA SE OPONEN EXCEPCIONES DE DERECHO A LAS PRESTACIONES RECLAMADAS..
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Autor
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AutorRespuesta No: 6626
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Enero de 2009 20:15 2009-01-15 20:15 desde IP: 189.135.24.38
La contestación debe iniciar (como inicia la demanda) NEGANDO el derecho a las prestaciones que reclama el actor y posteriormente a la contestación de los hechos, se deben OPONER excepciones y defensas.
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