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HIJO LEGAL?

  • Consulta : 2681
  • Autor : sonrieotravezjaja_NR
  • Publicado : Jueves 15 de Enero de 2009 11:16 desde la IP: 189.182.157.159
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 421
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  • Autor
    Consulta

  • sonrieotravezjaja_NR
    NO REGISTRADO

    Me case en edo. de mexico y cuando me case ya tenia un hijo que no es de mi actual pareja y que originalmente llevaba mis apellidos, mi esposo decidio darle su apellido y acudimos al registro civil donde lo habia yo registrado originalmente,  y ahi le cambiaron el apellido y se emitio una nueva acta de necimiento, el caso es que no vamos a divorciar, y quiero saber obligaciones y derechos tiene el, hacia mi pequeño ya que dice que me va a pedir la custodio, o que si yo le pido algo de pension le va a quitar su apellido, esto es posible?, me tiene aterrorizada su forma de pensar, que puedo hacer? y por otra parte nos casamos por bienes mancomunados, y el antes de casarnos saco una casa por medio del fovisste y todavia la estamos pagan, el caso es que yo he contribuido al pago de ella y al mejoramiento, no tengo forma de comprobarlo ya que mi nomina la saco del banco y se la entrego a el para hacer el pago, cabe mencionar que el ya no trabaja en el gobierno y por eso depositamos quincenalmente en la cuenta del fovisste pero esta a su nombre? que derechos y obligaciones tengo ahi? actualmente perdi mi trabajo y como el me dijo que yo era la que me tenia que salir de su casa, estoy desesperada. no tengo familiares a quien recurrir.

    Muchas gracias por apoyo.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 6513

  • Nike
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para cambiar el apellido de un niño, los supuestos estan limitados, supongo que lo adopto o lo reconocio, en el primer caso sería necesario saber si la adopción fue plena o simple, en el primer caso el efecto es el mismo que si fuera el padre biologico, no puede anularse la adopción y sus obligaciones serían las mismas, si la adopcion es simple si se puede cambiar, pero creo que no es tu caso. Por otro lado, si lo reconoció, este es un acto del que no puede retractarse, independientemente de que sea su hijo biologico o no, él tiene al reconocerlo, las obligaciones de un padre. En algunos codigos se establece, que cuando el reconocimiento no se hace al mismo tiempo por ambos padres, quien ejerce la patria potestad es el padre o madre que registro primero, de tal forma que en este caso, él adquiere para con el niño las obligaciones de proporcionar alimentos pero no puede pedir la custodia ni quitarte al niño. Eso de quiitar a los niños es una amenaza muy frecuente, pero al menos en el Estado de Guanajuato que es de donde yo soy, quitarle un niño a una madre esta en chino, mas si el niño o niña tiene menos de 7 años  tendria que probar que lo maltratas gravemente, que lo abandonaste o que reprecentas un riesgo tal que pone en peligro la integridd fisica y emocional del niño, si tiene mas de 14 el escoge su custodio. Asi, que en resumidas cuentas, le puedes pedir la pensión y el no te puede quitar la custodia, lo que si puede hacer, es solicitar espacio para convivencia, eso se determina por el Juez, otro factor que podría afectar es la edad del niño.

    Respecto a los bienes, seria necesario establecer si tu trabajas o eres ama de casa, si tu matrimonio es por bienes mancomundados ignoro como resuelvan los jueces en el Edo. de Mexico, pero vale la pena que cuando consultes a un abogado, si tu eres depediente economico de él, existe jurisprudencia que te ampara, ademas de que tienes derecho a la mitad de los bienes adquiridos durante el matrimonio, tambien sería importante saber si establecieron capitulaciones matrimoniales, que es algo asi como lo que los gringos llaman contrato prenunpcial, una lista de bienes y como se dividen las cargas en el matrimonio. Otro aspecto importante es que si hay bienes, hay que mencionarlos en la demanda de divorcio, asi el juez resuelve sobre lo existentee y te ahorras problemas.

    Define lo de la casa cuanto antes, por que si dejas pasar el tiempo es probable que ambos terminen perdiendola, tu dejas de pagarla pensando que se la va a quedar él y él hace lo mismo, los dos pierden. Si entre los dos la adquirieronr, es justo que se divida, si tu estas asumiendo las cargas, es mejor que la situación se defina, ya sea en un divorcio o puedes iniciar un juicio solo de alimentos y esperar a que el te demande el divorcio, asi defines lo economico y sientas precedente, en cualquier caso, si estan separados no dejes que pasen mas de 2 años, por que él puede demandar el divorcio y tu, ni te enteras. Si vas al DIF, en la Procuraduria de la Defensa del Menor y la Familia te pueden ayudar, aca en ese tipo de juicios son gratis en algunos muncipios.



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