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YA ME DESPIDIERON

  • Consulta : 239895
  • Autor : tlecon_NR
  • Publicado : Miércoles 27 de Agosto de 2014 11:38 desde la IP: 189.167.9.167
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,484
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  • Autor
    Consulta

  • tlecon_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes
    Hace unas semanas hice la consulta no. 238675 donde le mencionaba que tenían intenciones de correrme. Pues esto ya sucedió y le repito que nunca firme contrato, trabaje 8 meses y medio y me gustaría saber a que tengo derecho y que no debo firmar. Agradecería su pronta respuesta ya que no se qué hacer en estos casos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 364041

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado consultante

    ya ve, atrajo la mala suerte para usted, hay que tener buena vibra todos los dias, salir contentos y pensar que es un bello dia aunque este lloviendo y nublado y uno ande sin trabajo ni tenga minimo para un pastelito y un refresco para desayunar, veame aqui, asistiendole con fidelidad y sobretodo entrega a mi amada profesion, ok,

    pero bueno, atendiendo su consulta le explico, conforme a nuestra ley obrera, no tiene derecho a reinstalacion y le corresponde la mitad del tiempo trabajado, ok 

    pero hay que tomar en cuenta porque lo despidieron y mediante que forma fue contratado, ok

    por lo mientras no firme su renuncia y otra opcion para buscar ayuda legal, es la Procuraduria de la Defensa del Trabajo de su Localidad, 

    aa y aclaro, nunca he trabajado ahi 



  • Autor
    Respuesta No: 364104

  • tlecon
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado pasante:

     

    No es que atrajera la mala suerte es que he aprendido a conocer a estas personas y me estuvieron dando claves de cual serí mi destino, así lo han hecho con otro antes. Ya consulté en la página de la Procuraduría, sin embargo no he logrado que me contesten el teléfono. Mi gran duda es si tengo derecho a lo que dice en la página ya que aun no cumplo un  año y cómo se trataría mi caso si no hay un contrato firmado. Porque hasta donde he estado leyendo si no hay un contrato se considera falta del patrón.

     

    Agradezco de antemano su respuesta.

     

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 364106

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No hable a la Procuraduría, VAYA PERSONALMENTE, ahí le asignarán un abogado de oficio que, después de que usted le exponga detalladamente todas las circunstancias que rodearon la relación laboral y enelice, en caso que los tenga, los documentos que le haya expedido el patrón (recibos de pago, constancias de trabajo, cartas de recomendación, etcétera), determinará las prestaciones que deberá reclamar en la demanda y la forma en que acreditará la relación de trabajo en el juicio.



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