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¿PARA QUE SIRVE UNA ACTA DE BARANDILLA PARA CONOCER MI ESTADO CIVIL Y DóNDE LA OBTENGO?

  • Consulta : 237530
  • Autor : lolita.barrueta_NR
  • Publicado : Miércoles 30 de Julio de 2014 11:10 desde la IP: 189.249.9.199
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,527
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  • Autor
    Consulta

  • lolita.barrueta_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    ZSoy María Dolores BArrrueta Álvarez, supuestamente estuve casada civilmente, pero todos los documentos los tiene mi supuesto marido y necesito para un tramite comprobar mi estado civil. Él desaparecio de mi vida, sin dejar rastro.  Lo cual ya he aceptado. Necesito resolver este tramite ¿Dónde puedo obtener una acta de barandilla para conocer mi estado civil?´¿Y cuáles son sus implicaciones?  Agradezco cualquier orientación.

        Atentamente:  Barrueta A,

     

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  • Autor
    Respuesta No: 361766

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El estado civil de las personas no se demuestra con las actas de barandilla.

    Lo que usted debe hacer, es acudir a la Oficialía del Registro Civil en que contrajo matrimonio y solicitar una búsqueda de su acta de matrimonio, a efecto que una vez la localicen, le expidan copia certificada para que lleve a cabo los trámites legales que requiere hacer.

    Adicionalmente le señalo que, con independencia de que usted obtenga o no la copia certificada del acta de matrimonio, si no se divorció, su estado civil es CASADA, y si lo hizo, DIVORCIADA.



  • Autor
    Respuesta No: 361779

  • OMEGA 2013
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  • Autor
    Respuesta No: 361783

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Le faltó promocionarse como tramitólogo y todólogo, porque estando el hambra tan canija, a la mejor de mil usos puede hacerla.



  • Autor
    Respuesta No: 361800

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    OMEGA 2013

    ¡Sigues aún revoloteado pajarraco abusivo! Que no entiendes que este es un Foro de orientación GRATUITA y NO  para hacerse publicidad gratuita. 



  • Autor
    Respuesta No: 361805

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, mire para obtener su acta de matrimonio no es por un tramite de acta de barandilla que se obtiene ante el juez civico lo que usted tiene que hacer es ir al registro civil y con los datos que usted tiene solicitar una copia del acta de matrimonio, el acta de barandilla es unicamente cuando no existe matrimonio y vivio con la persona por mas de cinco años y le entregan una constancia de concubinato que son dos cosas diferentes, pero cualquier duda me encuentro a sus ordenes en el distrito federal en los telef. con lada 0155 47569842 0155 36198407 Monica Delgado



  • Autor
    Respuesta No: 361809

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante efectivamente como ya se informó diverso forista, en el caso de que efectivamente usted se haya casado tiene que tramitar copia certificada de su respectiva Acta de Matrimonio, ante el Oficial o Juez del Registro Civil en que contrajo nupcias, y en el caso de que efectivamente se haya divorciado, en el contenido de dicha acta de matrimonio aparecerá en el rubro NOTAS MARGINALES en los datos relativos a la fecha en que en su caso se haya disuelto el vínculo matrimonial, ahora bien, lo que se denomina ACTA DE BARANDILLA era actas para constancias de ciertos hechos que anteriormente eran competencia de los Jueces Cívicos en el Distrito Federal, que a la fecha la única acta que de este tipo de hechos expiden actualmente dichos Jueces Cívicos en el Distrito Federal, SON LAS ACTAS DEL CONCUBINATO, y en su caso seguramente usted lo que en realidad desea tramitar es una CONSTANCIA DE SOLTERÍA PORQUE NO MATRIMONIO, si ése fuera el caso por favor hagámoslo saber por qué entonces dicho trámite se lleva ante otra autoridad del Gobierno del Distrito Federal saludos.

     

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

                           

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

               

    ATENTAMENTE

                           

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                      

    Oficina: (0155) 6637-5063

    Celular: (044) 55-3253-4941

                           

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