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SUCESORIO INTESTAMENTARIO
- Consulta : 232449
- Autor : carlos.dominguez.g_NR
- Publicado : Miércoles 11 de Junio de 2014 16:54 desde la IP: 177.229.171.179
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,611
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 11 de Junio de 2014
Estado de Referencia: Sonora
Estado de referencia: Sonora
Hola buenas tardes, la consulta es la siguiente:
Se inició un juicio sucesorio intestamentario y al momento que el juez solicito informes a la Dirección General de Notarias del Estado de Sonora, apareció un testamento público abierto, entonces mediante una promoción se solicitó que la persona X sea nombrada heredara y albacea única y universal, siendo esto último la voluntad plasmada en dicho testamento, a lo que mediante un auto judicial le responden diciendo: Se sobreseyó el tramite sucesorio testamentario a bienes de Z toda vez que se exhibió copia certificada de testamento público en el entendido que la anterior determinación se tomó de acuerdo en lo establecido en el artículo 769 del código de procedimientos civiles, de ahí que se desestime su petición, por lo que deberá de promover la apertura del juicio en vía y forma correcta, por último en cuanto a la petición que se le reconozca el derecho a heredar como lo acredita con el testamento, dígasele que una vez que sea el momento procesal oportuno, previa instancia sobre el particular se acordara lo conducente.
Las preguntas son las siguientes:
1- Si en base a lo determinado por el auto antes mencionado, se tiene que promover un nuevo juicio testamentario?
2- Cuando es el momento procesal oportuno para que sea nombrada como heredara y albacea única
3- si es que no se tiene que iniciar un nuevo juicio, como se tiene que promover
4.- si se inicia un nuevo juicio procederá la acumulación o de alguna manera se pueden acumular las actuaciones hechas en el intestamentario
Bueno creo que eso sería todo, agradezco sus respuestas. Saludos!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 357042
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Junio de 2014 21:31 2014-06-11 21:31 desde IP: 201.141.106.142
Toda vez que pareció un testamente público abierto, es claro que su juicio intestamentario no puede continuar y debe modificar la vía a juicio sucesorio TESTAMENTARIO. Su abogado debe saber que hacer. Si no tiene abogado le informo que el "hagalo Usted mismo" no funciona.
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