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SUCESIONES. SECCION CUARTA AYUDA!!

  • Consulta : 2314
  • Autor : israeljus
  • Publicado : Sábado 10 de Enero de 2009 12:55 desde la IP: 201.163.171.23
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 422
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  • Autor
    Consulta

  • israeljus
    ESTUDIANTE

    Solicito opiniones: Me encuentro promoviendo un juicio intestamentarioa en el DF, 29 familiar, pués resulta que ya presente mi escrito de inicio de sección cuarta de partición y adjudicación y se me acordo el inicio de dicha sección y se le dio vista del proyecto a los demás coherederos por el término de 10 días, hasta ahí es lo que esperaba; pero también me previene para que subsane una omisión, me piden nuevamente que presente un nuevo avalúo y acredite nuevamente la propiedad del inmueble materia del proyecto; a mi me parece innecesario y repetitivo pues en la seccion segunda ya aprobada, quedo acreditado plenamente la propiedad del único bien inmueble materia de la sucesion, y también se exhibio su respectivo avaluo. La pregunta es ¿en su experiencia, en la seccion cuarta se debe exhibir un nuevo avaluo y acreditar la propiedad de nueva cuenta del los bienes del de cujus, junto con su proyecto de partición y adjudicación? lo pregunto por que no obstante que cada seccion de sucesión tiene su materia propia (arts 785-788 CPCDF) y se deciden por separado, y no deben decidirse o discutirse en secciones diversas materias diversas a la propia seccion, a mi parece lo reitero INNECESARIO y REPETITIVO exhibir algo que ya fue acreditado y aprobado. Quiza tengo un punto de vista erroneo, por eso acudo  a este foro serio a conocer otros puntos de vista.   De antemano Gracias por su opiniones.  Israeljus

     

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