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REPARTO UTILIDADES
- Consulta : 231168
- Autor : jesdan2907_NR
- Publicado : Viernes 30 de Mayo de 2014 17:29 desde la IP: 187.242.108.192
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,609
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 30 de Mayo de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 355989
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Mayo de 2014 17:44 2014-05-30 17:44 desde IP: 189.210.253.56
Esa informacióin solamente obra en poder de las autoridades Hacendarias, pues no es pública.
Si la empresa no les paga la participación en las utilidades, o si consideran que lo que les entregó no corresponde a las que generó en el ejercicio fiscal correspondiente, acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde le asignarán a un abogado de oficio, quienes requerirán al patrón exhiba copia de las declaracones respectivas.
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