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PATRIA POTESTAD
- Consulta : 230680
- Autor : erikiurhh_NR
- Publicado : Martes 27 de Mayo de 2014 09:23 desde la IP: 189.137.223.74
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,484
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 27 de Mayo de 2014
Estado de Referencia: Estado de México
Mi marido tiene una hija de 7 años. A la cual la señora alega que no puede controlar y q quiere ceder su cuidado a nosotros. Yo estoy un poco confundida ya que ahora dice que solo es por un año. Nosotros no estamos de acuerdo con eso y queremos respaldarnos para q ella no nos quite a la niña en cualquier momento. Donde debemos de asistir para que no nos perjudique el día de mañana cuando no queramos que la niña regrese con ella ? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 355755
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Mayo de 2014 09:39 2014-05-27 09:39 desde IP: 187.208.10.27
con abogado para empezar la madre debe tener convivencias con la menor debera pasar pension alimenticia si la madre incumple por un periodo de dos meses puede perder la patria potestad es decir los derechos sobre la mrnor, pero en todo esto deben ir con abogado para establecer el convenio por el año q la chica pasara con uds. en cualquier caso de incumplimiento de la madre respecto de dicho convenio su esposo debera promover las medidas de apremio, antes de solicitar la perdida de la pastria potestad. y tambien debera promover la suspension de pension alimenticia por el año q la chica pasara a formar parte de domicilio dewl deudor alimentario, reaunando se esta cuando vuelva con la mama
y perdon pero ud no puede decidir si le regresan a ono a la menor a su madre,eso ya es cuestion del padre y la madre y a ud solo ke toca apoyar a su esposo y de hacerse amiga de la hija de su marido
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