- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
DUDAS SOBRE DIVORCIO
- Consulta : 2306
- Autor : gaby23
- Publicado : Sábado 10 de Enero de 2009 10:47 desde la IP: 189.194.101.2
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 459
-
AutorConsulta
-
Publicado el Sábado 10 de Enero de 2009
Hace poco un eñor me planteo su caso , su esposo lo dejo a el y a sus hijos hace dos años, ella ya cuenta con otra pareja y este señor se ha hecho cargo de sus hijos , los cuales ya son mayores de edad, ahorta bien el le ha pedido el divorcio pero como estan casados por sociedad coyugal ella quiere la mitad de los bienes los cuales el señor adquirio despues de q ella lo abandono mi duda es ¡ tiene derecho a recibir dichos bienes aun siendo que ella tiene otra pareja y abandono el hogar y los hijos? o como puede hacerle el para no otorgarle nada?
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 5655
-
Fecha de respuesta: Sábado 10 de Enero de 2009 12:17 2009-01-10 12:17 desde IP: 189.228.140.171
no dice de que estado escribe para proporcionarle orientacio mas precisa
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 5660
-
Fecha de respuesta: Sábado 10 de Enero de 2009 12:30 2009-01-10 12:30 desde IP: 189.228.140.171
checa en tu legislacion si existe la nulidad de la sociedad conyugal por conyuge de mala fe y haz la denuncia y si puedes comprobar el adulterio checa en tu legislacion y hasta lo puedes llevar por la via penal y si ella trabaja hasta tu cliente puede solicitar pension alimenticia siempre y cuando los hijos esten estudiando
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 5661
-
Fecha de respuesta: Sábado 10 de Enero de 2009 12:31 2009-01-10 12:31 desde IP: 189.163.81.157
Tienes que recordar que la sociedad conyugal se rige por las capitulaciones matrimoniales asi que checalas,ahora bien creo que dentro del procedimiento de divorcio es conveniente que pruebes que los bienes fueron adquiridos despues del abandono de unos de los conyuges y que este no a complido con sus obligaciones de padre de esta manera el juez debe emitir una sentencia donde no se le conceda ningun bien al conyuge culpable.
Tambien puedes decirle a tu cliente que ponga los bienes a nombre de otra/s persona como por ejemplo sus hijos; pero recuerda que en el peor de los casos si el conyuge culpable llega a hacerse de alguno de los bienes recuerda que los hijos tienen derecho a limentos caidos y si siguen estudiando a los sucesivos asi que los puedes embargar para garantizar dicha obligacion.
-
Autor