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EMBARGOS
- Consulta : 2270
- Autor : AILLEN
- Publicado : Viernes 09 de Enero de 2009 17:24 desde la IP: 200.67.139.97
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 448
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 09 de Enero de 2009
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 5572
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Fecha de respuesta: Viernes 09 de Enero de 2009 17:32 2009-01-09 17:32 desde IP: 187.133.26.240
no es embargo seria la reparación del daño y se pide al ministerio Publico ya que como abogado el es la autoridad nadie puede representar a la victima solo de el es la obligación de otorgar la reparación del daño tu como abogado solo la solicitas y si no hay que demandar al mp
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