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PENSION
- Consulta : 225537
- Autor : mid_gerardo_NR
- Publicado : Martes 25 de Marzo de 2014 16:11 desde la IP: 189.212.163.125
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,613
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 25 de Marzo de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 348095
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Marzo de 2014 16:33 2014-03-25 16:33 desde IP: 187.210.186.201
Lamentablemente, hay circunstancias que necesitas cubrir a demas de las semanas cotizadas y la edad. Entre ellas, que tienes que estar laborando al momento de solicitar pensionarte. Tener una cuenta individual en una afore, con sus respectivas subcuentas de SAR y Vivienda. Pero como tu dejaste de trabajar desde hace más de 20 años, necesitas reaunudar tus cotizaciones por lo menos durante dos años.
Saludos.
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AutorRespuesta No: 348287
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Fecha de respuesta: Miércoles 26 de Marzo de 2014 10:25 2014-03-26 10:25 desde IP: 187.172.147.111
No es preciso lo que le comenta el que antecede, para tener derecho al disfrute de una pensión ya sea por cesantiá o vejez debe de estar dado de baja en el régimen obligatorio del imss,y por otro lado para reactivar derechos cuando la baja tiene de operada mas de seis años debe de cotizar 52 semanas y cuide en su caso que el trabajo sea real no simulado ya que el instituto tiene programas de auditoria para afiliaciones donde el asegurado tiene mas de 55 años para detectar que no son afiliaciones fraudulentas.
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