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DESPIDO INJUSTIFICADO

  • Consulta : 224786
  • Autor : almendarez_m1210_NR
  • Publicado : Martes 18 de Marzo de 2014 10:57 desde la IP: 187.175.223.191
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,503
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  • Autor
    Consulta

  • almendarez_m1210_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    buen dia mi consulta es sobre el despido injustificado 

    mi relacion laboral inicia  el 15 de diciembre del 2009 y me acaban de despedir el pasado 14 de marzo 2014 

    mi sueldo base era por 10500 mensual mas comicion tenia un salario integrado por 475  y 8 dias de vacaciones que no tome 

    cuato es lo que realmente me correspode ya que la persona de relacones me ofrese 15000 y creo es muy poco 

    agradezco su atencion .

     

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  • Autor
    Respuesta No: 346077

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted fue objeto de un despido injustificado, esto es, si no incurrió en ninguna de las causales previstas en el artículo 47, de la Ley Federal del Trabajo y, además, el patrón no le hizo entrega de un aviso escrito en el que le hiciera saber las causas del despido y la fecha a partir de la cual dió por terminada la relación laboral, usted tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones:

    3 meses de salario integrado por concepto de indemnización constitucional;

    12 días de salario por cada año de servicios prestados o parte proporcional (51 días), por concepto de prima de antigüedad, la que se paga con con el salario que devengaba, sino con el equivalente a 2 veces el salario m´+inimo general vigente en el área geografica en que prestó sus servicios;

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al cuarto año de servicios cumplidos;

    Parte proporcional de vacaciones y prima vacacional correspondientes a los meses laborados a partir de la fecha en que cumplió el cuarto año de servicios, hasta el día del despido;

    Parte proporcional de aguinaldo 2014, a razón de 1.25 días por cada mes trabajado, o parte proporcional.

    Dado que su salario estaba constituído por una cantidad fija y una variable (comisiones), sería necesario cuantificar las que recibió durante el último mes trabajado; sin embargo, partiendo de la base del salario integrado que cita, su inemnización (3 meses) serían $ 42,750.00, más la prima de antigüedad, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, y cualquier otra prestación o concepto que hubiera devengado y no le fuera pagado a la fecha del despido.

    No firme al patrón ningún documento, ni recibo, ni finiquito o liquidación, o cualquier otro, ya que podrá valerse delmismo para aducir que no lo despidió, sino que usted renunció voluntariamente y entonces no tendrá derecho a la liquidación.

    Asístase de inmediato de un abogado especialista en Derecho Laboral, no estudiante ni pasante, y menos coyote o tinterillo, a fin de que, antes de que transcurran 2 meses a partir del despido, presente la demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje en donde, en caso de existir algún acuerdo, podrán celebrar un convenio estando usted debidamente asesorado por su abogado.



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