Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PATRIA PROTESTAD

  • Consulta : 224726
  • Autor : copepodo21_NR
  • Publicado : Lunes 17 de Marzo de 2014 15:52 desde la IP: 187.193.8.30
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,496
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • copepodo21_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    Hola, necesito de su ayuda. Tengo una hija actualmente tiene 7 anos, supe de ella cuando tenia un ano y medio, a partir de ese momento yo me ofreci a darle apoyo a su madre para la manutencion de la nina, y voluntariamente la ayude hasta  que la nina cumplio los 6 , deje de hacerlo porque siempre le habia pedido que le pusiera el apellido mio a la nina, y ella me dijo que no se lo puso porque no queria que ella llevara apellidos diferentes a los de sus otros dos hijos ( sus otros dos hijos llevan los dos apellidos de ella ), y bueno yo de alguna manera le crei y le entendi sus motivos y las razones que me dio. Despues me entere que era mentira, que la nina llevaba el apellido paterno de su actual pareja razon por la que deje de enviarle el dinero que le enviaba mes con mes. Despues me comento que esa persona nunca la habia ayudado en nada, y que lamenta mucho haberle puesto el apellido de el a la nina. Yo por mi parte le he dicho que la unica manera en que va a volver a recibir ayuda mia para  la nina, es hasta no ver un documento en el que me demuestre que la nina ya tiene mi apellido. Mi pregunta es, como reclamar un acto de Patria Protestad respecto a una nina que es mi hija Biologica pero lleva otro apellido y esta persona no ayuda a la madre de mi hija y yo si quiero reconocerla y ayudarla. Esta persona no se encuentra en Tijuana y se cree que esta en USA y ya esta en otra relacion. Yo no estoy casado y la nina es mi unica hija. 

     

     

     

     

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 345912

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Asístase de un abogado especialista en Derecho de Familia, y promueva el juicio contradictorio de paternidad, en el que usted deberá ofrecer y desahogar la prueba pericial en genética; si acredita ser elpadre biológico de la menor, el Juez, en la sentencia, ordenará se hagan las anotaciones correspondientes en el Registro Civil y se asiente en el acta de nacimiento de la nilña que usted es el padre, y no la persona que compareció a registrarla como tal.

    Una vez que se haga constar su nokmbre como padre biológico de la menor, usted tendrá el ejercicio de la patria potestad; podrá convivir con la niña y deberá otorgarle una pensión de alimentos.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión