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PENSION PARA VIUDOS EN EL IMSS AHORA QUE LA HOMOSEXUALIDAD LA VA A TENER, SIN QUE EXISTA INVALIDéZ EN EL VIUDO

  • Consulta : 222232
  • Autor : apedrozam2_NR
  • Publicado : Miércoles 19 de Febrero de 2014 20:29 desde la IP: 187.162.7.40
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,486
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  • Autor
    Consulta

  • apedrozam2_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    La ley del IMSS de 1973, en su figura del otorgamiento de la pensión para viudos, o sea la que le deja la asegurada esposa al morir, que características tendrá, a partir de que la SCJN, ha otorgado el derecho de registro como beneficiarios a hombres con hombres y a mujeres con mujeres, incluida la pensión de viudéz, porque en el matrimonio homosexual que yo sepa, yo se distingue a la esposa o al esposo, sin embargo la pregunta no es precisamente esta, solo considerar las posibilidades, de que ahora si la Ley del 73, otorgue ya en el caso de matrimonios heterosexuales, o sea los matrimonios que ya estaban contemplados con anterioridad, ..... en el caso de que la asegurada que al fallecer pudiera dejar una pensión de viudéz al hombre, o sea al viudo, y la ley hasta estos días niega la pensión si es que el viudo no se encuentra o lo declaran inválido, cosa que curiosamente no ocurre con la ley del 97.

    Ahora bien como ya la SCJN ya otorgó beneficios tanto de registro de beneficiario al esposo esposo, o a la esposa esposa, y se dijo en algunos artículos de los medios escritos y de televisión, que hasta la pensión de viudéz podrían tener, y esto hay que verlo en el caso de que el matrimonio homosexual sea de dos hombres o de dos mujeres, y si es así que se conceda, ¿porque no se concederá en el caso de mujer hombre, o sea viudo el que quede vivo por la muerte de la esposa?.

    Muchas gracias, espero haya quedado definida la pregunta.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 340870

  • Albertin Leos
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    De manera dolosa el IMSS niega las pensiones de viudez a los varones, pero no basado en el hecho de que deba presentar el estado de invalidez el viudo. El argumento del IMSS es que no existe dependencia económica del viudo tal como lo exige la Ley IMSS. Una de las formas en las que el instituto evade esa responsabilidad es exhibiendo el alta como empleado del viudo y así niega las pensiones.

    Ahora bien, el caso que usted plantea, va a recibir exactamente el mismo trato, esto es, cuando se intente una pensión por viudez de parte del sobreviviente homosexual, el IMSS estará obligado a otorgarla, pero igual buscará la manera de evadir la obligación del pago con el argumento de que no era dependiente económico, pero si se demuestra la dependencia estará el instituto tendrá que pagar.

     

    Saludos



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