- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
MI HIJA ME PIDE SIMULAR QUE LE VENDO MI CASA A SU ESPOSO.
- Consulta : 218832
- Autor : samamema
- Publicado : Jueves 16 de Enero de 2014 23:31 desde la IP: 187.216.136.11
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,497
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 16 de Enero de 2014
Buenas noches, desde Michoacán, respetables foristas.
Mi hija me dice que su esposo pretente tramitar un crédito del INFONAVIT para pagar deudas por cien mil pesos y con el resto comprar un terreno y construir en él vivienda hasta donde el dinero le alcance.
El hecho de simular que yo le vendo mi casa a mi yerno le permitirá acreditar ente el INFONAVIT el destino del crédito recibido, según entiendo.
Una vez finiquitado el crédito se hará lo conducente para que la casa vuelva a quedar a mi nombre.
Por tratarse de mi hija y mis dos nietos, sus pequeños hijos, quisiera poder ayudarles ¿Qué experiencias pueden compartirme? ¿Qué riesgos están implicitos en una operación así y como podría evitarlos?
Gracias anticipadas por sus amables respuestas.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 337688
-
Fecha de respuesta: Jueves 16 de Enero de 2014 23:46 2014-01-16 23:46 desde IP: 189.234.196.228
manda a tu hija al diablo directamente... sus problemas... son de ellos... no vayas a perder tu casa por su falta de interes en la vida... lo mas comun es que al rato te lance de tu casa... porque ya te la pagaron... y ningun documento que hagan te garantiza nada... sino que seria reconocimiento de un acto fraudulento... o que metidos en gastos... den en garantia tu casa en o ante otra entidad de credito... banco... caja popular... no te tientes el corazon... que vivan su vida... no les des ni un aval... o un fiador...
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 337689
-
Fecha de respuesta: Jueves 16 de Enero de 2014 23:48 2014-01-16 23:48 desde IP: 201.141.120.241
Sra. ninguna simulación puede traer algo bueno. Primero le informo que el pacto de tretroventa en México está prohibido. Si Usted vende su casa (simuladamente) la está regalando y se quedará en la calle. Si quiere ayudar a su yerno, que le barra el patio y limpie la casa con un sueldo y delo de alta en el IMSS. Sra., con todo respeto le digo que su yerno le quiere robar su casa mediante simulación y que una vez firmado ante notario seja de ser simulación y será su pesadilla real.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 337701
-
Fecha de respuesta: Viernes 17 de Enero de 2014 00:08 2014-01-17 00:08 desde IP: 189.234.196.228
ya somos dos en coincidencia...
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 337726
-
Fecha de respuesta: Viernes 17 de Enero de 2014 10:43 2014-01-17 10:43 desde IP: 187.216.136.11
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 337730
-
Fecha de respuesta: Viernes 17 de Enero de 2014 11:39 2014-01-17 11:39 desde IP: 148.214.65.220
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 337747
-
Fecha de respuesta: Viernes 17 de Enero de 2014 15:46 2014-01-17 15:46 desde IP: 187.199.211.74
samamema:
Lo primero que usted sufrirá, es que con la simulación de la venta usted tendrá que pagar los impuestos sobre los ingresos que le represente la venta, capaz que usted tendrá que pagar los cien mil pesos que debe su yerno y para que la casa quede a nombre de él y a usted lo manden al asilo público y a pedir limosna...
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 337769
-
Fecha de respuesta: Viernes 17 de Enero de 2014 19:38 2014-01-17 19:38 desde IP: 187.204.23.1
Diaz de León y Primus Tibunus:
Vaya para ustedes mi saludo y gratitud por permitirme conocer sus apreciables puntos de vista.
Al igual que los otros foristas que previamente expresaron sus opiniones, han nutrido mis consideraciones para tomar una sana decisión.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 337789
-
Fecha de respuesta: Viernes 17 de Enero de 2014 20:38 2014-01-17 20:38 desde IP: 187.204.23.1
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 337892
-
Fecha de respuesta: Sábado 18 de Enero de 2014 22:04 2014-01-18 22:04 desde IP: 189.234.196.228
retroventa es una palabra.. no jurídica que no aplica en el derecho civil... es una palabra que se usa en el proceso agrario para echarase para atrás en la venta de una cosa... pero en lo civil no procede como tal... si ya la vendiste... ya te fregaste...porque no podrás probar los puntos de la acción. de rescisión. de contrato de compraventa... ya que una venta es perfecta... si se hace por escrito.. sea en forma publica. o privada... donde se expresa la voluntad... aunque no se entregue la casa y no se reciba el dinero... te podrán reclamar el cumplimiento del contrato y la desocupación de la finca... y puedes ser condenada a la desocupación y entrega del inmueble por lanzamiento judicial...
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 337912
-
Fecha de respuesta: Domingo 19 de Enero de 2014 00:06 2014-01-19 00:06 desde IP: 201.141.123.113
Sí aplica para todo el pais. Busque las tesis de jurisprudencia al respecto, encontrará que Venustiano Carranza la prohibió a nivel federal en 1917 y tesis que señalaron que sólo aplicaba para la Federación, D.F., y Territorios. Pero noventaisiete años depués ya es otra cosa.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 338184
-
Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Enero de 2014 21:26 2014-01-22 21:26 desde IP: 189.234.196.228
Ochoa... pon a la vista esos documentos... la consultante no es experta para buscarlos...
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 338188
-
Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Enero de 2014 21:52 2014-01-22 21:52 desde IP: 201.141.107.49
Estimado Garobalo, no es la consultante quien pregunta, sino una usuaria del foro que participa desde el 2009.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 338560
-
Fecha de respuesta: Martes 28 de Enero de 2014 22:27 2014-01-28 22:27 desde IP: 189.234.196.228
y... las tesis???
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 338996
-
Fecha de respuesta: Domingo 02 de Febrero de 2014 18:42 2014-02-02 18:42 desde IP: 189.234.196.228
???????
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 339387
-
Fecha de respuesta: Jueves 06 de Febrero de 2014 18:53 2014-02-06 18:53 desde IP: 189.234.196.228
no regreso a dar las tesis tan anunciadas....
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 345637
-
Fecha de respuesta: Domingo 16 de Marzo de 2014 19:14 2014-03-16 19:14 desde IP: 189.234.205.149
.,.,.,.,
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 345698
-
Fecha de respuesta: Domingo 16 de Marzo de 2014 21:35 2014-03-16 21:35 desde IP: 201.141.122.113
¡Anunciadas! Aquí vengo a dar asesorías gratuitas, si un abogado quiere que le imparta cátedra, tendra que cubrir honorarios previamente.
-
Autor