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ABOGADOS EXPERTOS AYUDA
- Consulta : 2176
- Autor : gusana_884_NR
- Publicado : Jueves 08 de Enero de 2009 14:59 desde la IP: 189.188.9.226
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 448
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 08 de Enero de 2009
Hola necesito, una orientacion , lo que pasa es que hace tiempo me quisieron extorsionar mediante unas cartas que me enviaron por el correo postal , en el cual me decian que tenia que depositar una cantidad de dinero en un numero de cuenta, a lo cual yo acudi con una persona para que me orientara y me ayudara a que hacer, y pues yo le di a el las cartas que me mandaron y pues el segun disque investigo y me decia que eran otras personas pero pues nada, asta que despues esta persona fue un dia a confesarce con un sacerdote y le conto que el habia sido quien me habia tratado de extorsionar y el sacerdote me dijo que esa persona estaba muy arrepentida por eso que me habia echo y pues el sacerdote iso que la persona que me habia echo eso ( que era la persona a la que yo le di las cartas) y pues platico con migo y me dijo que estaba muy arrepentido y me pidio disculpas, y cabe señalar que la cuenta no esta a su nombre de esta persona si no que de otra que es su conocido, pero pues en este caso, si lo denuncio procedera la denuncia o que pruebas puedo aportar? y es necesario que el sacerdote declarara? y si grabe la conversacion (solo voz), pero no me dio detalles de lo que paso, me podria servir como prueba?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 5338
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Enero de 2009 15:02 2009-01-08 15:02 desde IP: 189.156.212.83
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Autor
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AutorRespuesta No: 5339
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Enero de 2009 15:06 2009-01-08 15:06 desde IP: 189.156.212.83
Además se me hace muy improbable que haya sido el sacerdote quien te alertó del hecho, por razón misma del secreto de confesión.
¿...No has oído el dicho "se dice el pecado, no el pecador...?Catecismo de la Iglesia Católica #1467:
Dada la delicadeza y la grandeza de este ministerio y el respeto debido a las personas, la Iglesia declara que todo sacerdote que oye confesiones está obligado a guardar un secreto absoluto sobre los pecados que sus penitentes le han confesado, bajo penas muy severas (CIC can. 1388,1; CCEO can. 1456).Tampoco puede hacer uso de los conocimientos que la confesión le da sobre la vida de los penitentes. Este secreto, que no admite excepción, se llama "sigilo sacramental", porque lo que el penitente ha manifestado al sacerdote queda "sellado" por el sacramento.
Santo Tomás de Aquino: «lo que se sabe bajo confesión es como no sabido, porque no se sabe en cuanto hombre, sino en cuanto Dios», (In IV Sent., 21,3,1).
El sigilo obliga por derecho natural (en virtud del cuasi contrato establecido entre el penitente y el confesor), por derecho divino (en el juicio de la confesión, establecido por Cristo, el penitente es el reo, acusador y único testigo; lo cual supone implícitamente la obligación estricta de guardar secreto) y por derecho eclesiástico (Código de Derecho Canónico, c. 983).
El sacerdote que viole el secreto de confesión incurre excomunión automática
El Código de Derecho Canónico, canon 983,1: «El sigilo sacramental es inviolable; por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo».
Si el sacerdote se encuentra con el penitente no puede comentar nada de lo que escuchó en confesión, a menos que el mismo penitente lo comente primero. Sólo entonces puede el sacerdote discutirlo y sólo con el penitente. De lo contrario debe permanecer en silencio.
¿Puede revelarse una confesión con el fin de evitar un mal?
No. Porque el sigilo sacramental es inviolable. Es un crimen romper dicho sigilo, ya sea de palabra o de cualquier otra forma o por cualquier motivo. No hay excepciones a esta ley.
¿Qué puede hacer un sacerdote si alguien le confiesa un crimen?
El sacerdote debe ayudar al penitente a llegar a una verdadera contrición la cual incluye, arrepentimiento, reparar en lo posible y propósito de enmienda. Pero aun si el penitente no sigue sus consejos, el confesor debe de guardar el sigilo de confesión.
¿Las autoridades judiciales podrían obligar a un sacerdote a revelar un secreto de confesión?
Las autoridades civiles no tienen derecho a exigir que un sacerdote viole el sigilo de confesión. Pero aun si amenazaran al confesor, este no puede quebrantar el sigilo sacramental bajo ningún pretexto, cualquiera que sea el daño privado o público que con ello se pudiera evitar o el bien que se pudiera promover.
El sigilo sacramental obliga incluso a soportar el martirio si fuese necesario, como fue el caso de San Juan Nepomuceno.
La protección del sigilo sacramental debe implicar también para el confesor la exención de la obligación de responder en juicio «respecto a todo lo que conoce por razón de su ministerio», y la incapacidad de ser testigo en relación con lo que conoce por confesión sacramental, aunque el penitente le releve del secreto «y le pida que lo manifieste» (cánones 1548 y 1550).¿Obliga el sigilo en el caso de que el sacerdote no haya dado la absolución?
El sigilo obliga a guardar secreto absoluto de todo lo dicho en el sacramento de la confesión, aunque no se obtenga la absolución de los pecados o la confesión resulte inválida.¿Y si otra persona oye o graba la confesión y la revela?
Incurre también en excomunión quien capta mediante cualquier instrumento técnico, o divulga las palabras del confesor o del penitente, ya sea la confesión verdadera o fingida, propia o de un tercero.Tomado de corazones -
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AutorRespuesta No: 5360
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Enero de 2009 17:08 2009-01-08 17:08 desde IP: 189.135.24.38
Antes que poder probarlo, sería necesario evaluar la conveniencia de denunciar. Digo esto porque el extorsionador no obtuvo lo que esperaba y actualmente está "arrepentido". No creo que lo intente de nuevo.
Dado que el extorsionador se siente culpáble, es muy posible que él mismo confiese ante Ministerio Público, pero debe usted tener en cuenta que ya no tiene pruebas; las grabaciones no hacen prueba plena y las cartas se las entregó usted a esta persona.
Sugiero que comente con el extorsionador que usted cuenta con pruebas de caligrafía y de huellas dactilares de las cartas, pero que no les ha dado usted continuidad porque se han detenido esas extorsiones; a fin de que él se desanime a continuarlas. Si las repitiera, lleve esos nuevos documentos al M.P. y señale a este señor como probable responsable. No cuente con el confesor, dado que sería testigo suyo él podría no presentarse o no declarar.
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