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ESTADO DE EBRIEDAD
- Consulta : 217046
- Autor : Joel Alvarado
- Publicado : Domingo 22 de Diciembre de 2013 16:30 desde la IP: 187.174.167.226
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,489
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 22 de Diciembre de 2013
Buenas Tardes;
En nuestro centro de trabajo se están presentando algunos colaboradores a iniciar sus labores con aliento alcoholico, se que legalmente no podemos proceder a la rescisión de su contrato, es correcto no se les permita ingresar a laborar? así como regresarlos y no pagarles el día? podemos aplicar acción disciplinaria?
Legalmente quien puede y debe diagnosticar el estado de ebriedad en un colaborador? que documento probatorio debe de expedir al patrón para poder rescindir el contrato al colaborador sin responsabilidad para el patrón?
Agradezco de antemano la atención y apoyo, quedando en espera de sus valiosas respuestas!!
Joel Alvarado
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 336087
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Diciembre de 2013 17:23 2013-12-22 17:23 desde IP: 189.234.252.45
si esta en el contrato de trabajo... puedes... si no es la ley y tu abogado especialista en derecho laboral quien te debe asesorar y llevar a cabo el tramite de despido y liquidación...
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Autor
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AutorRespuesta No: 336088
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Diciembre de 2013 17:23 2013-12-22 17:23 desde IP: 189.234.252.45
si esta en el contrato de trabajo... puedes... si no es la ley y tu abogado especialista en derecho laboral quien te debe asesorar y llevar a cabo el tramite de despido y liquidación...
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Autor
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AutorRespuesta No: 336105
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Diciembre de 2013 02:55 2013-12-23 02:55 desde IP: 187.199.183.16
Joel Alvarado:
Usted no requiere de una respuesta rápida de asesoría, sino que su consulta en realidad implica un trabajo profesional aplicado a un negocio particular que se constituye como un interés personal con contenido económico, de una persona o empresa que cuenta con recursos para contratar y pagar a un abogado, pero con la idea en usted de ahorrarse el pago de los honorarios de quien merecidamente se los gane con su trabajo.
En otras palabras, usted requiere de un abogado que le desarrolle un trabajo por el que la empresa en la que usted labora obtendrá un beneficio ó utilidad, y los abogados, pasantes de derecho y demás personas que participan en este Foro lo hacen de manera altruista, de tal manera que, lógicamente y salvo mejor opinión, la pretensión de usted rebasa los límites de lo que humanamente se puede pedir como trabajo desinteresado, por lo que será mejor que la empresa contrate y pague a un abogado que le patrocine su negocio.
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