- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
INSCRIPCIóN A LA MODALIDAD 40
- Consulta : 2105
- Autor : mario pineda
- Publicado : Jueves 08 de Enero de 2009 00:19 desde la IP: 189.240.6.58
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 423
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 08 de Enero de 2009
mi esposa cotizo 30 años en el imss, trabajo en cia de luz y fuerza , se jubilo el 9 de junio del 2003 causando baja en el seguro el 16 de junio del 2003, dandole un certificado de cotizaciones de 1465 semanas, que vencen su conserbación de derechos hasta el 2010, tiene 55 años de edad, solicito en el imss la inscripción a la modalidad 40, la cual fue rechazada por que se solicito entiempo vencido de dos meses, nos dicen que para cotizar en esta modaliad se tiene que dar de alta con un patrón sustituto. por lo menos un año y despues darse de baja y así poder ingresar a la modalidad 40 y seguir cotizando hasta cumplir los 60 años. quiero que me expliquen y me puedan decir algo al respecto de la ley de 1973 donde el trabajador se puede pencionar con solo 500 semanas de cotización
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 5440
-
Fecha de respuesta: Viernes 09 de Enero de 2009 12:05 2009-01-09 12:05 desde IP: 201.140.10.183
Hola Mario !
La información que te dieron en el imss, es correcta, se debe cotizar con un patrón, un mínimo de 52 semanas para activar el derecho a la inscripción en la modalidad 40, ya que para tener el derecho, se deben tener 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años.
Una vez que se cumpla con lo anterior, al darse de baja del patrón, podrá inscribirse en la contribución voluntaria al régimen obligatorio (Modalidad 40), hasta con el tope máximo permitido de 25 veces el salario mínimo o lo que su economía le permita, pero no podrá ser menor, al ultimo salario recibido del ultimo patrón.
Saludos.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 6356
-
Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Enero de 2009 13:32 2009-01-14 13:32 desde IP: 201.140.10.211
-
Autor