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COMO RETIRAR EL AFORE DE UN TRABAJADOR DEL ISSTE (UNAM)

  • Consulta : 208850
  • Autor : themime.sibil_NR
  • Publicado : Viernes 20 de Septiembre de 2013 16:06 desde la IP: 201.141.94.122
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,497
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  • Autor
    Consulta

  • themime.sibil_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola: Mi padre falleció, profesor universitario.  Activo.  

    ¿sus hijos, como podemos retirar los recursos de su cuenta de AFORE en pensionisste?

    negativa de pension, pues ambos hijos somos mayores de edad.

    Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 326457

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Lo que no aclara es si su padre estaba casado o en concubinato ya es la viuda la que tiene el derecho de retirar el SAR y no los hijos mayores de edad. Pero primero debe acudir a la Dirección Académica con el acta de defunción de su padre, a efecto de que les entreguen la forma única de baja, primer documento que necesitarán para solicitar todos los derechos que son: Pago de Marchas, Seguro de Vida Institucional, pensión por viudez si estaba casado o concubina en su caso, servicio médico vitalicio para la viuda o concubina, y por último el SAR.

    Debe buscar el nombramiento de beneficiarios del seguro de vida institucional para poder reclamarlo quienes nombrara como tales. Posteriormente deberá presentarse a la Dirección General de Servicios Académicos en CU para tramitar la Hoja Única de Servicios, posteriormente a Pensionisste en Insurgentes Sur para que le entreguen la baja del ISSSTE, deberá tramitar la carta de no adeudo de préstamos de fovissste también

    El pago de marchas lo tramita en APAUNAM a un lado del Estadio Olímpico Universitario.

    Ya con esa documentación, último talón de pago, ife del finado, CURP, acta de matrimonio con menos de dos meses de espedición si existe el matrimonio o constancia de concubinato, acta de defunción, acta de nacimiento, se presenta a Pensionissste para que se deposite el SAR a la viuda. Si no hay viuda o hijos menores de edad, entonses sí podrán Ustedes reclamar por descendencia pero los requisitos son casi los mismos.. 





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