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PROBLEMA GRAVE, URGE UNA SOLUCION.
- Consulta : 2079
- Autor : agueric_NR
- Publicado : Miércoles 07 de Enero de 2009 18:00 desde la IP: 189.141.153.196
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 420
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 07 de Enero de 2009
Hola, miren, tengo un problema con una propiedad que esta ocupada por una empresa que rentaba ahi. Pero por problemas de la propiedad entre hermanos y asi, el inquilino no ha pagado 6 años de renta aprovechando esos problemas familiares de los propietarios y ocupandola sin pagar nada. Hace poco uno de los hermanos (que es propietario de una parte) llevó a juicio a esa empresa pero la empresa ahora esta desmantelando su fábrica y se esta llevando todas sus pertenencias y no ha pagado nada de esos 6 años de renta, por lo que no va a reconocer lo que debe. Esta empresa esta muy bien establecida, tiene su fabrica en esta propiedad y una tienda o showroom por otro lado, tiene una pagina web que acaban de quitar pero aun tienen otra mas que tiene fotos de la fabrica, la maquinaria, los empleados, las oficinas, etc. y todo eso esta ubicado en esta pagina. El problema es que segun entiendo ninguno de los hermanos puede hacer nada mas que el que promovio el juicio para detenerlos y que no se vayan sin pagar. En la tienda que tienen estan haciendo una venta de liquidacion que me indica que van a cerrar la empresa y a desaparecerla para no tener que pagar. Si hubo un contrato y todo pero pues ya se van a ir. Qué se puede hacer para detenerlos antes de que se vayan sin pagar? porfavor ayudenme que estoy desesperado.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 5151
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Enero de 2009 18:41 2009-01-07 18:41 desde IP: 189.163.101.245
Lo que tiene que hacer es que la persona que realizo en contrato de arrendamiento demande a la empresa o sea a la persona moral o persona fisica con quien realizo el contrato, y asi podrian embargar las rentas que no han querido pagar, y si no se puede a la empresa entonces a la persona fisica, por ello tienen que checar bien ese contrato. acuda con un abogado en forma personal
Atte. lic. GVQQ
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