- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
TESTAMENTO
- Consulta : 200707
- Autor : ny_garcia_NR
- Publicado : Viernes 14 de Junio de 2013 09:33 desde la IP: 108.205.20.134
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,611
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 14 de Junio de 2013
Estado de Referencia: Michoacán
Tengo una pregunta mi papa murio hace 5 anos antes que el murio el me dijo que lo que tenia iba a ser para mi y se mi iba a entregar a los 18 anos pero su familia de el no me a entrgado nada quiro saber donde puedo busacar y saber si dejo algo o que puedo hacer
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 318856
-
Fecha de respuesta: Viernes 14 de Junio de 2013 10:36 2013-06-14 10:36 desde IP: 201.157.23.131
Buenos dias
Puedes iniciar el juicio sucesorio, llamando a todos los familiares de tu papa y a todos los que se crean con derecho a heredar o sean acreedores. Esto conforme a las leyes vigentes en Michoacan. Se solicita que el Registo Publico de la Propiedad informe sobre los bienes que esten inscritos a nombre del autor de la herencia y se solicita que el Archivo de Notarias informe si dejo testamento y de ser asi se sigue tramitando cpnforme a la disposicion intestamentaria.
Saludos
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 318861
-
Fecha de respuesta: Viernes 14 de Junio de 2013 11:40 2013-06-14 11:40 desde IP: 189.242.113.248
Acude con un abogado de tu localidad para que demande petición de herencia, se harán las investigaciones legales correspondientes y si dentro de ellas aparece un testamento que te beneficie, obtendrás lo que requieres, en caso contrario, los que acrediten mejor o igual derecho serán beneficiados de la masa hereditaria.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 318865
-
Fecha de respuesta: Viernes 14 de Junio de 2013 11:53 2013-06-14 11:53 desde IP: 189.188.200.106
estimado amigo, la ley del estado de puebla dice que el orden de los sucesores del de cujus es, el conyuge superstite 50% y si hay hijos 50%, si no hay hijos el conyuge heredaria el 100%, si no hay conyuge los hijos heredarian el 100%, si no hay ni conyuge ni hijos, heredarian los padres del de cujus y si no hay padres entonces heredarian los hermanos de este. Yo le sugiero denuncie usted la sucesion inetstamentaria a bienes de su padre, solcitando se le nombre albacea provisional y pueda usted demandar el juicio reivindicatorio a estas personas. Ahora si estas ya presentaron una sucesion intestamentario a bienes del padre de usted, ahora si puede promover el incidente de peticion de herencia. Si ya se termino el juicio sucesorio y ya se realizo la aplicacion de bienes a favor de estas personas presente un amparo indirecto. espero le ayude mi asesoria
-
Autor