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QUE SIGNIFICA INTERLOCUTORIA?
- Consulta : 1989
- Autor : gina_oyuky_NR
- Publicado : Martes 06 de Enero de 2009 19:02 desde la IP: 189.166.180.91
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 430
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 06 de Enero de 2009
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 4975
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Enero de 2009 19:07 2009-01-06 19:07 desde IP: 201.143.69.207
De que en la brevedad posible el juez emitirá un fallo sobre una cuestión que surgió en el juicio principal y lo resolverá.
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Autor
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AutorRespuesta No: 4977
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Enero de 2009 19:09 2009-01-06 19:09 desde IP: 189.156.212.83
en materia de amparo?
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Autor
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AutorRespuesta No: 4981
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Enero de 2009 19:20 2009-01-06 19:20 desde IP: 189.156.212.83
La real academia española la define como: . adj. Der. Dicho de un auto o de una sentencia: Que se da antes de la definitiva. U. t. c. s. m.
Es decir se refiere a toda aquella decisión judicial que resuelve una controversia incidental suscitada entre las partes en un juicio, con la principal diferencia de una sentencia definitiva que resuelve el asunto principal objeto del litigio.
El motivo por el que se denomina interlocutoria es porque sus efectos jurídicos en relación con las partes son provisionales, en el sentido de que pueden modificarse sus consecuencias a través de la sentencia definitiva.
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