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TRABAJO SIN CONTRATO FIRMADO
- Consulta : 1971
- Autor : RobertoFL
- Publicado : Martes 06 de Enero de 2009 16:05 desde la IP: 189.158.216.98
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 430
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 06 de Enero de 2009
La primer semana de Noviembre de 2008 comence a laborar en mi actual trabajo pero nunca me dieron a firmar ningun documento o contrato donde se estipule mi sueldo, prestaciones ni obligaciones, tengo duda de di esto esta bien?...en caso de que la empresa ya no requiera de mis servicios me daran mi liquidacion correspondiente de Ley o en este caso no tengo respaldo por ausencia de contrato?...La empresa SI me registro en el IMSS, y me depositan en tarjeta como normalmente se hace, repito, lo unico que me saca de onda es que no firme ningun tipo de contrato ademas de que supuestamente aqui se deben laborar 52 horas (sin tomar en cuenta la comida) cuando hasta donde yo se por ley son 48 horas, me podrian aclarar estas dudas por favor??
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 4990
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Enero de 2009 20:33 2009-01-06 20:33 desde IP: 200.92.13.99
estimado Roberto:
La ausencia de contrato no es tan importante, siempre y cuando te tengan registrado en el IMSS, solo cuida que el salario con el que te registraron en el IMSS corresponda al real que te estan pagando (seguramente es menor al que te estan pagando realmente), en ese caso trata de conservar los estados de cuenta de tu tarjeta de debito, si no los tienes pidelos en el banco y si firmas recibos de sueldo(que lo dudo) guardalos ya que en un futuro te podran servir.
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Autor
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AutorRespuesta No: 5004
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Enero de 2009 21:50 2009-01-06 21:50 desde IP: 189.136.42.131
Si es importante contar con un contrato de trabajo, pues en este instrumento jurídico se establecerán las condiciones generales de trabajo, así como los derechos y obligaciones del trabajador y los derechos y obligaciones del patrón. Lo más importante es que en los hechos, se configure, lo establecido por la Ley Federal del Trabajo es decir la relación subordinada por un salario, tener un jefe, realizar el trabajo bajo las ordenes del jefe o patrón y recibir un salario por esas actividades, además de realizarlo en las instalaciones del patrón. Es importantísimo ver que no se trate de prestación de servicios asimilables a salario, pues se confunde mucho con una relación de trabajo. Por otro lado, después de treinta días de estar laborando y continuar prestando tus servicios, la Ley Federal del Trabajo, ya considera que se tiene un contrato permanente. Asimismo al estar dado de alta en el IMSS, tener tu salario mediante depósitos de nomina, se puede configurar la relación de trabajo, para un posible conflicto deíndole laboral.
Espero haber aclarado tus dudas.
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Autor
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AutorRespuesta No: 5127
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Enero de 2009 17:36 2009-01-07 17:36 desde IP: 200.66.49.70
El de que haya contrato o no, no le perjudica, en virtud de que existe una relación laboral de tiempo indeterminado, ya que no existe un contrato de tiempo determinado, cosa tal que se puede comprobar documentalmente y exáctamente tal como lo establece "Arturo", guarde los estados de cuenta y lleve un control de días laborados, horario, tiempos extras, días festivos, etc; le recomiendo que solicite a su empresa una constancia de empleo externando que va a solicitar una tarjeta de crédito o un créditro en alguna tienda departamental, como una prueba mas documental sobre su relación laboral, para que en su debido momento, en caso de despido injustificado, pueda solicitar su reinstalación o indemnizacipones correspondientes
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