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CUNATO TIEMPO SE PUDE RECLAMAR UNA PENSION POR VIUDEZ
- Consulta : 196058
- Autor : jesus.ramirezb_NR
- Publicado : Jueves 02 de Mayo de 2013 17:33 desde la IP: 189.251.96.143
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,494
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 02 de Mayo de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 315566
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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Mayo de 2013 01:00 2013-05-03 01:00 desde IP: 189.134.150.115
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Autor
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AutorRespuesta No: 333784
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Diciembre de 2013 00:43 2013-12-01 00:43 desde IP: 201.141.70.186
EFECTIVAMENTE SE PUEDE RECLAMAR EN CUALQUIER MOMENTO YA QUE LAS PENSIONES SON IMPREIBLES, SOLO COMO LO COMENTAS EXISTE UNA LIMITANTE DE CINCO AÑOS PARA DEVOLVER DICHOS PAGOS, TE RECOMIENDO ACUDAS A UNA ASESORIA CON LOS CONSULTORES JURIDICOS B&E ELLOS SON EXPERTOS Y TE ACONSEJARAN SIN COSTO ALGUNO, SE ENCUENTRAN UBICADOS EN AVENIDA GABRIEL MANCERA 1337 DESPACHO B 103, EN LA COLONIA DEL VALLE DELEGACION BENITO JUAREZ, Y S TELEFONO ES 46333068
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Autor
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AutorRespuesta No: 333785
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Diciembre de 2013 00:44 2013-12-01 00:44 desde IP: 201.141.123.113
¿Hambrita Mafermac? Mejor publique un apartado postal para enviarle una canasta básica o redonderle centavitos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 333786
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Diciembre de 2013 00:48 2013-12-01 00:48 desde IP: 201.141.123.113
REGLAS DE ETIQUETA:
9. No abuses de tu poder. Algunos en Internet saben más que otros. Tienen más capacidad o experiencia. No es correcto tratar de humillar al que busca consejo o apoyo. No es bien visto por la comunidad que solo trates de hacer publicidad de tus servicios sin aportar nada, Tu talento gradualmente se verá reflejado en tu propio espacio llamado “mi oficina”. La reación, y prestigio que logres dentro de la comunidad, depende exclusivamente de tu talento jurídico y respeto de estas reglas de etiqueta para con el resto de los usuarios. -
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AutorRespuesta No: 333808
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Diciembre de 2013 10:55 2013-12-01 10:55 desde IP: 200.79.74.114
Hola, no hay ningun problema para que la beneficiaria, tu tia, reciba la pension por Viudez. Lo unico que tiene que hacer es acudir, a la subdelegacion Administritiva del Issste en su estado. Debe llevar, por lo menos, acta de matrimonio, la resolucion de pension de su esposo, su credencial de pensionado y si lo tiene, alguno de los comprobantes de cobro de la pension que recibia. El tramite es un poco tardado pero ten la absoluta seguridad de que la sra. obtendra su pension por Viudez una vez, clarao esta, cumpla con todos los requisitos.
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AutorRespuesta No: 333809
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Diciembre de 2013 10:57 2013-12-01 10:57 desde IP: 200.79.74.114
Mil disculpas por la respuesta anterior, me confundi y pense que era pension del issste. No existe tampoco problema si el pensionado fue del IMSS, el tramite lo realizara en la Subdelegacion administrativa de su estado y la documentacion sera la misma que le comente en el mensaje anterior. El monto de la pension por viudez sera del 90% de lo que recibia el trabajador pensionado.
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