Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PENSION IMSS

  • Consulta : 1916
  • Autor : albinoh
  • Publicado : Martes 06 de Enero de 2009 00:06 desde la IP: 189.156.181.91
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 423
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • albinoh
    USUARIO REGISTRADO

    trabaje durante 30 años y meses, pero estoy desempleado desde noviembre de 2004, acabo de cumplir 59 años;  hace poco solicite la constancia en el IMSS y tengo reconocidas 1490 semanas cotizadas, la caducacion de derechos dice 2012. Estoy por emplearme otra vez pero en un negocio familiar,¿ que debo hacer para obtener el maximo de pension? me dice un contador  que bien puedo esperarme hasta tener 63 o 64 años para solicitar la pension y mientras tanto elevar el promedio de salario base de cotizacion y aumentar semanas cotizadas.  Es correcta la orientacion o mejor solicito la pension al cumplir los 60 años (faltan 12 meses)?

    gracias

     

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 5058

  • gerel
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Para obtener la maxima pension se necesita el maximo salario promedio de los ultimos 5 años, este seria el salrio tope del IMSS que es 25 veces el salario minimo del DF, tambien entre mas semanas cotizadas mayor sera la pension, y entre mas edad aumenta el porcentaje a los 60 es el 75% y sube 5% cada año hasta lograr el 100% a los 65 años.

    La pension con la ley del 73 se calcula con el salario promedio de los ultimos 5 años cotizados, el numero de semans cotizadas, la edad, y las asignaciones familiares.



  • Autor
    Respuesta No: 5067

  • albinoh
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchisimas gracias, me atrevo a preguntar algo mas:

    1.- que es la modalidad 40?

    2.- tengo  tres dependientes economicos: mi esposa, mi hija de 13 años y una cuñada con sindrome de down de 42 años que recogimos al quedar huerfana de madre pero no de padre  ¿ debo tramitar  patria potestad a fin de que este asegurada y si en su plazo mi pension puede aumentar por asignacion familiar? 

     

    muchas gracias de antemano

    Albino



  • Autor
    Respuesta No: 6129

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    hola Albino,

    la modalidad cuarenta es la continuacion voluntaria en el regimen obligatorio amparada en el articulo 218,de la ley del imss,esto es con el proposito de seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida ,asi como de retiro,cesantia en edad avanzada y vejes.despues de tu fecha de baja tienes cinco años para darte de alta porque despues pierdes el derecho.por el salario que te registres pagas una cuota del 10.075porciento mensual considerando el tope de 25 veces el salario minimo del D.F.

    en lo que se refiere a tu cuñada tu no puedes tamitar patria potestad ya que eso es nada mas por los padres lo que tu puedes tramitar es una tutela.



  • Autor
    Respuesta No: 6217

  • albinoh
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gerel y wofito:

    muchas gracias por su respuesta, siento que voy a abusar un poquito mas pues me nacen otras preguntas:

    si mi fecha de baja fue noviembre 15 de 2004 supongo que me puedo esperar hasta octubre de 2009 para darme de alta en modalidad cuarenta ya sea como empleado o continuacion voluntaria  es correcto? 

    haciendo calculos para obtener maxima pension tendria que estar pagando hasta alcanzar los 65 anios edad, un poco mas de 3,000 pesos mensuales en aras de obtener un incremento en mi pension. Digamos que aumentaria $3,000 y si mi esperanza de vida es 75 anios emtonces invierto $180,000 en cuotas para obtener $360,000 en pesiones.  asi se calcula esto?

    Pienso que me puede salir el tiro por la culata si el IMSS quiebra y no va a poder pagar mi pension como yo la calculo. 

    que tan probable seria esto de que imss quiebre o simplemente no pague como debe ser?

    otra vez gracias de antemano

    Albino H.   

     

     



  • Autor
    Respuesta No: 6321

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Albino ,si efectivamente cuantas hasta octubre de este año para registrarte en la modalidad cuarenta,para calcular bien tu pension se requiere el numero de semanas cotizadas,el promedio de salario base de los ultimos cinco años y la edad a pensionar teniendo estos datos se puede calcular la pension,y confrontar la inversion que harias en la modalidad cuarenta y en cuanto tiempo lo recuperarias estando pensionado.si tienes estos datos dalos para calcular la pension y ya tu verias con que sueldo te registas en la modalidad cuarenta.

    saludos Hector.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión