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DEUDA

  • Consulta : 1907
  • Autor : Mexicano78
  • Publicado : Lunes 05 de Enero de 2009 20:26 desde la IP: 189.158.56.151
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 424
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  • Autor
    Consulta

  • Mexicano78
    USUARIO REGISTRADO

    Firme una un pagare por la cantidad de $30,000a razon del 10% mensual, Yo me encontraba en una situacion dificil economicamente
    cuando me ofrecieron prestarme el dinero, hace 2 años, he dado la cantidad de $12,000, y recientemente me acaban de exigir que finiquite el adeudo, no soy una persona asalariada, trabajo por mi cuenta y no cuento con bienes, solo con la voluntad de pagar, en este momento he estado buscando la posibilidad de que familiares me presten para poder finiquitar esta deuda, solo que la persona a la que le debo, esta en una actitud muy pesada y me a dicho que me puede meter a la carcel, esto es posible ? en que situacion me encuentro?, como me defiende la ley?

    como se denuncia la usura ?
    cabe mi situacion en este termino ?

    solo necesito tiempo para poderle dar su dinero y quitarmelo de encima . . . que hago ?, nunca le he dicho que no le pagare ni me he escondido de el.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 4858

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    BUENO, NO LO PUEDEN ENCARCELAR, ES DEUDA CIVIL ESTA PROHIBIDO POR LA CONSTITUCION FEDERAL  APRISIONAR A PERSONAS POR DEUDAS DE CARACTER CIVIL

    YO LE SUGIERO,CONTRATE UN ABOGADO PARA QUE  REALICE CONSIGNACIONES A UN JUZGADO CIVIL



  • Autor
    Respuesta No: 4859

  • Mexicano78
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ralizar consignaciones ? a que se refiere a que debo denunciar el hecho o solo levantar un acta ?



  • Autor
    Respuesta No: 4860

  • Mexicano78
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ralizar consignaciones ? a que se refiere a que debo denunciar el hecho o solo levantar un acta ?



  • Autor
    Respuesta No: 4861

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No, a lo que pasante se refiere es a consignar el pago ante un juzgado civil, situaci{on distinta a la consignación penal que solo puede hacer el MP ante los juzgados penales.







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