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COMO INCREMENTAR MI FUTURA PENSION

  • Consulta : 186368
  • Autor : marco_vapi_NR
  • Publicado : Lunes 11 de Febrero de 2013 21:30 desde la IP: 161.215.18.51
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,611
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  • Autor
    Consulta

  • marco_vapi_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas noches

    Soy trabajador activo con mas de 1200 semanas cotizando.La pregunta es, si es posible incrementar mi base de cotizacion. Tengo entendido que el salario maximo que el IMSS reconoce es de $43000.00 mensuales. Puedo dar aportacion voluntaria para alcanzar esa cifra? o Puedo obtener otro empleo y de esta manera alcanzar el tope maximo?. Tengo entendido que la Modalida 40 es para desempleados o para personas con negocio propio. Si soy empleado asalariado y tengo negocio propio, puedo incrementar la cotizacion?. Muchas gracias de antemano, por sus comentarios y recomendaciones en su foro. Felicidades

     

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  • Autor
    Respuesta No: 302324

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Vamos por partes.

    Una cosa son las aportaciónes voluntarias y otra la cotización voluntaria al régimen obligatorio.

    Las primeras son aportaciones a tu cuenta, que incrementan tu saldo, pero que no se suman al salario base de cotización. Estas ayudan a incrementar una pensión, pero solo por régimen 97.

    La segunda, cotización voluntaria, puede ser de dos maneras:

    la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio, mejor conocida como modalidad 40, es para los trabajadores que dejan de cotizar a través de un patrón. Por eso se llama continuación, dejas de cotizar a través del patrón, pero continúas por tu cuenta.

    La otra es la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio, es para los trabajadores independientes, con un negocio o empresa, domésticos y en general los que no están cotizando a través del patrón.

    No se puede cotizar a través de un patrón y al mismo tiempo cotizar de manera voluntaria, es una u otra.

    Si llegas a tener otro trabajo asalariado, donde tu nuevo patrón también te inscriba en el Régimen Obligatorio, entonces sí, tus dos salarios se sumarán y ese será tu nuevo salario de cotización.

    La otra es que dejaras tu trabajo como asalariado y te dediques a tu negocio o sigas laborando bajo el régimen de honorarios, y así podrías inscribirte en la modalidad 40 con el salario que tenías o hasta 25 salarios mínimos.

    Pero por ser régimen 73, debes considerar tu edad, para ver cuándo es el momento propicio para hacer tu movimiento.



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