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TARJETAS DE CREDITO
- Consulta : 1804
- Autor : ELIZABETH
- Publicado : Sábado 03 de Enero de 2009 17:17 desde la IP: 189.145.78.23
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 423
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 03 de Enero de 2009
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 4630
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Enero de 2009 17:20 2009-01-03 17:20 desde IP: 189.136.119.116
CUENTA CANCELADA POR NO RESPETAR REGLAS DE ETIQUETA
Te invito a ver las reglas de etiqueta -
Autor
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AutorRespuesta No: 4633
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Enero de 2009 17:43 2009-01-03 17:43 desde IP: 189.146.233.177
Mmm, trata de ahorrar lo mas que pueda, ya que a la larga el banco te va a requerir el pago de lo que debes mas los intereses y los gastos de cobranza. y si no tienes nada conque negociar, pues bueno.
Normalmente lo bancos son bien tramposos, ya sea que los despachos de cobranza te amenacen, o te embarguen bienes, ya sea extrajudicial como judicialmente, por que la ley de instituciones de credito es a favor del banco no del cuentahabiente.
Feliz año.
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Autor
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AutorRespuesta No: 4635
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Enero de 2009 17:48 2009-01-03 17:48 desde IP: 189.136.119.116
CUENTA CANCELADA POR NO RESPETAR REGLAS DE ETIQUETA
Te invito a ver las reglas de etiqueta -
Autor
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AutorRespuesta No: 10900
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Febrero de 2009 17:05 2009-02-04 17:05 desde IP: 148.223.105.185
Hola Jorge! En el mismo orden de ideas de Elizabeth, te comento que yo trabajo por honorarios y mi empresa nos va a pagar todo enero y parte de febrero para mediados del mes. La cuestión es que le hice mi pago a Sears el 3 de diciembre. El 3 de enero no lo pude hacer, pues no recibo aguinaldo ni prima vacacional. Como tampoco hice pago el 3 de febrero, ya me están diciendo que van a cancelar mi crédito el día de mañana si no pago algo y se va directo a recuperación de todo el saldo. La cosa es: Me van a perseguir como prófugo o es parte del terrorismo psicológico que siembran?
Mi caso difiere del de Elizabeth en que yo nada más se libere el pago de mis honorarios y le realizo a Sears el pago mencionado.
Yo creo que aunque me digan y me digan que si no pago hoy mismo vale para dos cosas mi crédito, cuando cobre y haga la transferencia en linea por más que lo que requieran se van a calmar, no?
Ahora bien, si me cancelan el crédito, ay, pues favor que me hacen. Termino de liquidar los pagos que me resten y adiós.
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AutorRespuesta No: 10923
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Febrero de 2009 17:36 2009-02-04 17:36 desde IP: 189.156.36.210
Morales, es mas fácil escribir una respuesta para todos los problemas similares que estar escribiendo lo mismo en cada nueva consulta y siendo que un problema repetitivo en éste foro es el relacionado a las deudas con tarjetas de crédito me dí a la tarea de revisar algunas respuestas vertidas por los Abogados al igual que mi propia opinión siendo el resultado el siguiente:
1.- Desde mi personal punto de visita, si no puedes pagar, no pagues, es decir: si puedes pagar paga, pero no te metas en problemas mayores para cumplir con las amenazas de los despachitos de cobranza que te molestan todos los días a todas horas, a éstos “licenciados” no les hagas caso son cobradores que lo único que saben hacer es espantar a la gente pero no tienen facultades para hacer nada, el Banco nunca te va a demandar, aquí han surgido diversas polémicas en cuanto a porqué sí o a porqué no demandan, la realidad es que NO DEMANDAN, por lo tanto no debes tener miedo, el banco ya te buscará para ver una forma de negociar y llegar a un acuerdo ventajoso para ambos y si no llegan a éste pues no pagues, en cinco años prescribe el adeudo y listo, no te pueden meter a la cárcel por deudas de carácter civil, el Lic. Ignacio del Angel dice lo siguiente: “Le transmito lo que mi experiencia de 20 años trabajando en bancos y 15 litigando me han proporcionado.
Los adeudos por tarjetas de crédito, carecen en la mayoría de los caso de: 1.- Comprobantes de las disposiciones (pagarés); 2.- Contratos; 3.- Avales; 4.- Garantías; 5.- Un monto cuya reclamación jurídica resulte costeable.
Además este tipo de crédito se manda a "castigo" (se deduce de impuestos por irrecuperabilidad) aproximadamente al año de haber caído en cartera vencida, lo que ocurre al cuarto mes de dejar de pagar.
Por lo anterior, en la gran mayoría de los casos los bancos NO demandan el pago de estas deudas; aunado al hecho de que el banco estaba obligado a verificar la capacidad de pago del deudor, por lo que no le resulta viable reclamar por fraude. A esto se debe el que los despachos de cobranza sean tan agresivos e intimidatorios; realmente son su única vía de cobro.” (consulta 536), hasta aquí la cita, en ésta misma consulta puedes leer otros comentarios que por lo extenso no reproduzco pero que te pueden orientar, y tomar la decisión que creas más conveniente, sólo no hagas caso cuando te digan: “nos preocupa su problema, contáctenos”, ahí si la verdad, la decisión es bajo tu propio riesgo.- suerte.- también puedes consultar la consulta num. 927, además quienes te aconsejen que pagues, que es lo legal, que es lo justo, y demás, tómalo como el consejo de alguien que trabaja para los bancos o para algún despacho de cobranza, que son a los que les preocupa que la cartera vencida siga creciendo ante sus arbitrariedades y voracidad, solo unidos y dejando de pagar lograremos que los bancos modifiquen su actitud y dejen de explotar la necesidad de los que menos tienen para que ellos tengan dinero para heredar a sus próximas 25 generaciones, ante la complacencia de nuestro sistema político
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